domingo, 14 de agosto de 2011

MINERÍA A CIELO ABIERTO VRS MEDIO AMBIENTE: CASO COSTA RICA

MINERÍA A CIELO ABIERTO VRS MEDIO AMBIENTE: CASO COSTA RICA

Introducción
El presente documento tiene como objetivo exponer en forma resumida los elementos básicos que nos motivan a plantear los alcances negativos de la minería a cielo abierto en Costa Rica. Para ello se anotan:
I. Minería de oro a cielo abierto y sus impactos ambientales. Autor AELO-AT para el Frente Nacional de Oposición a la Minería de Oro a Cielo Abierto. Costa Rica.
II. Cúmulo de oro. Lagunas de Veneno. Manantiales de Cianuro. Autor Philip M. Hocker.
III. La Minería en el Tercer Mundo. Autor: AECO-AT
IV. CASOS DE ACCIDENTES OCURRIDOS EN MINAS DE ORO A CIELO ABIERTO:
4.1. Caso de Mina Marinduque Filipinas. Autor Pratap Chatterjee.
4.2. Caso de Onais, Guyana.
4.3. Casos Minas de Estados Unidos
4.4. Caso Mina Portera, Papúa, Nueva Guinea
V. Proyecto Minero Bellavista Miramar. Autor: Sonia Torres Arguedas
VI. Proyecto Minero Crucitas San Carlos
6.1 Proyecto minero crucitas cambia de manos.
6.2. Sala Constitucional avala proyecto minero Las Crucitas
6.3. Preserve Planet: Sala IV comete un gran error sobre Crucitas.
6.4. Proyecto minero crucitas seguirá suspendido. (Diario Extra CR)
VII. Fuentes.
Más información puede obtenerse en: http://semueve.netfirms.com/arch_minas
de donde hemos seleccionados la mayoría de los artículos citados.
TEMAS
I. MINERÍA DE ORO A CIELO ABIERTO Y SUS IMPACTOS AMBIENTALES
(Preparado por AECO-AT para el Frente Nacional de Oposición a la Minería de Oro a Cielo Abierto, Costa Rica)
1.1. QUÉ ES LA MINERÍA A CIELO ABIERTO
1.1.1. Definición y Caracterización de la Minería a Cielo Abierto
y sus Impactos
En lo fundamental, el tipo de minería que se desarrollaría en las explotaciones de oro que se pretenden implementar en Costa Rica es el de “minería a cielo abierto por lixiviación con cianuro”. Por las implicaciones que tiene este tipo de minería, se tratará de ser exhaustivo en su descripción.
La minería a cielo abierto es una actividad industrial de alto impacto ambiental, social y cultural. Es también una actividad industrial insostenible por definición, en la medida en que la explotación del recurso supone su agotamiento.
Las innovaciones técnicas que ha experimentado la minería a partir de la segunda mitad del presente siglo han modificado radicalmente la actividad, de modo que se ha pasado del aprovechamiento de vetas subterráneas de gran calidad a la explotación —en minas a cielo abierto— de minerales de menor calidad diseminados en grandes yacimientos.
La minería a cielo abierto remueve la capa superficial o sobrecarga de la tierra para hacer accesibles los extensos yacimientos de mineral de baja calidad. Los modernos equipos de excavación, las cintas transportadoras, la gran maquinaria, el uso de nuevos insumos y las tuberías de distribución permiten hoy remover montañas enteras en cuestión de horas, haciendo rentable la extracción de menos de un gramo de oro por tonelada de material removido.
Existe consenso en la literatura sobre el tema en el sentido de que ninguna actividad industrial es tan agresiva ambiental, social y culturalmente como la minería a cielo abierto (MCA).
La minería a cielo abierto utiliza, de manera intensiva, grandes cantidades de cianuro, una sustancia muy tóxica, que permite recuperar el oro del resto del material removido. Para desarrollar todo este proceso, se requiere que el yacimiento abarque grandes extensiones y que se encuentre cerca de la superficie. Como parte del proceso, se cavan cráteres gigantescos, que pueden llegar a tener más de 150 hectáreas de extensión y más de 500 metros de profundidad.
Vaughan (1989) considera que “en términos ambientales y sociales, ninguna actividad industrial es más devastadora que la minería superficial” (a cielo abierto).
Según Kussmaul (1989), el impacto ambiental provocado por cualquier actividad minera está relacionado con cuatro factores principales:
1. Tamaño de la explotación, que se refiere al volumen de producción de la explotación, el cual tiene como consecuencia una determinada dimensión de actividades y producción de desechos y aguas residuales.
2. Localización, que se refiere al sitio en el que se lleva a cabo la explotación, las poblaciones que puedan aledañas y la naturaleza de la topografía local.
3. Métodos de explotación, que dependen del tipo de yacimientos a explotar y que están directamente relacionados con la naturaleza y extensión del impacto. Se utilizan tres métodos principales:
a. Minería a cielo abierto (o minería superficial),
b. Minería subterránea,
c. Minería por lavado y dragado.
4. Características de los minerales y de su beneficio, que se refiere al hecho de que la naturaleza del mineral determina el tratamiento a sufrir. Los minerales se pueden dividir en:
a. Minerales no metálicos (como los materiales de construcción), que requieren poco tratamiento físico, como por ejemplo trituración y molienda, y que no requieren ningún tratamiento químico.
b. Minerales metálicos, que requieren generalmente un alto nivel de procesamiento, así como el empleo de muchos reactivos químicos, y que generan grandes cantidades de desechos finos.
1.1.2. Impactos de la Minería
Las actividades mineras comprenden diversas etapas, cada una de las cuales conlleva impactos ambientales particulares. En un sentido amplio, estas etapas serían las siguientes:
  • prospección y exploración de yacimientos,
  • desarrollo y preparación de las minas,
  • explotación de las minas,
  • tratamiento de los minerales obtenidos en instalaciones respectivas con el objetivo de obtener productos comerciables.
  • Salinas (1993) cita las siguientes actividades individuales como posibles causas de impacto ambiental durante la fase de EXPLORACIÓN:
  • preparación de los caminos de acceso,
  • mapeos topográficos y geológicos,
  • montaje de campamentos e instalaciones auxiliares,
  • trabajos geofísicos,
  • investigaciones hidrogeológicas,
  • aperturas de zanjas y pozos de reconocimiento,
  • tomas de muestras.
Durante la fase de EXPLOTACIÓN, los impactos que se producen están en función del método utilizado. Según diversos autores (Vaughan (op. cit.), Salinas (op. cit.), Elizondo (1994)), los principales impactos ambientales causados por la minería a cielo abierto (MCA) en su fase de explotación son los siguientes:
  • Afectación de la superficie: la MCA devasta la superficie, modifica severamente la morfología del terreno, apila y deja al descubierto grandes cantidades de material estéril, produce la destrucción de áreas cultivadas y de otros patrimonios superficiales, puede alterar cursos de aguas y formar grandes lagunas para el material descartado.
  • Afectación del entorno en general: la MCA transforma radicalmente el entorno, pierde su posible atracción escénica y se ve afectado por el ruido producido en las distintas operaciones, como por ejemplo en la trituración y en la molienda, en la generación de energía, en el transporte y en la carga y descarga de minerales y de material estéril sobrante de la mina y del ingenio.
  • Contaminación del aire: el aire puede contaminarse con impurezas sólidas, por ejemplo polvo y combustibles tóxicos o inertes, capaces de penetrar hasta los pulmones, provenientes de diversas fases del proceso. También puede contaminarse el aire con vapores o gases de cianuros, mercurio, dióxido de azufre contenidos en gases residuales, procesos de combustión incompleta o emanaciones de charcos o lagunas de aguas no circulantes con materia orgánica en descomposición.
  • Afectación de las aguas superficiales: los residuos sólidos finos provenientes del área de explotación pueden dar lugar a una elevación de la capa de sedimentos en los ríos de la zona. Diques y lagunas de oxidación mal construidas o mal mantenidos, o inadecuado manejo, almacenamiento o transporte de insumos (como combustibles, lubricantes, reactivos químicos y residuos líquidos) pueden conducir a la contaminación de las aguas superficiales.
  • Afectación de las aguas subterráneas o freáticas: aguas contaminadas con aceite usado, con reactivos, con sales minerales provenientes de las pilas o botaderos de productos sólidos residuales de los procesos de tratamiento, así como aguas de lluvia contaminadas con contenidos de dichos botaderos, o aguas provenientes de pilas o diques de colas, o aguas de proceso contaminadas, pueden llegar a las aguas subterráneas. Además, puede haber un descenso en los niveles de estas aguas subterráneas cuando son fuente de abastecimiento de agua fresca para operaciones de tratamiento de minerales.
  • Afectación de los suelos: la MCA implica la eliminación del suelo en el área de explotación, y produce un resecamiento del suelo en la zona circundante, así como una disminución del rendimiento agrícola y agropecuario. También suele provocar hundimientos y la formación de pantanos en caso de que el nivel de las aguas subterráneas vuelva a subir. Además, provoca la inhabilitación de suelos por apilamiento de material sobrante.
  • Impacto sobre la flora: la MCA implica la eliminación de la vegetación en el área de las operaciones mineras, así como una destrucción parcial o una modificación de la flora en el área circunvecina, debido a la alteración del nivel freático. También puede provocar una presión sobre los bosques existentes en el área, que pueden verse destruidos por el proceso de explotación o por la expectativa de que éste tenga lugar.
  • Impacto sobre la fauna: la fauna se ve perturbada y/o ahuyentada por el ruido y la contaminación del aire y del agua, la elevación del nivel de sedimentos en los ríos. Además, la erosión de los amontonamientos de residuos estériles puede afectar particularmente la vida acuática. Puede darse también envenenamiento por reactivos residuales contenidos en aguas provenientes de la zona de explotación.
  • Impacto sobre las poblaciones: la MCA puede provocar conflictos por derechos de utilización de la tierra, dar lugar al surgimiento descontrolado de asentamientos humanos ocasionando una problemática social y destruir áreas de potencial turístico. Puede provocar una disminución en el rendimiento de las labores de pescadores y agricultores debido a envenenamiento y cambios en el curso de los ríos debido a la elevación de nivel por sedimentación. Por otra parte, la MCA puede provocar un impacto económico negativo por el desplazamiento de otras actividades económicas locales actuales y /o futuras.
  • Cambios en el microclima: la MCA puede causar cambios en el microclima y puede provocar una multiplicación de agentes patógenos en charcos y áreas cubiertas por aguas estancadas.
  • Impacto escénico posterior a la explotación: la MCA deja profundos cráteres en el paisaje. Su eliminación puede conllevar costos tan elevados que puedan impedir la explotación misma.
1.2. MINERÍA DE ORO A CIELO ABIERTO POR
LIXIVIACIÓN CON CIANURO
El creciente interés por la explotación de oro de parte de muy diversas compañías mineras se origina tanto en los aumentos en los precios del oro (una onza se cotiza actualmente a un precio cercano a los 395 dólares), que brindan un alto margen de utilidad, como en la reciente creación de métodos rentables en función de los costos de producción, para la extracción de oro en yacimientos sumamente pobres, gracias a la tecnología de extracción de oro por lixiviación con cianuro.
Según la DuPont Corporation (citado por Alberswerth), es económicamente viable extraer minerales con solamente 0.01 onzas de oro por cada tonelada de mineral. Esta tecnología ha venido a substituir a la recuperación de oro por amalgamación con mercurio, proceso ineficiente en términos de recuperación, ya que permite solo un 60% de recuperación del mineral, en comparación con más de un 97% en caso de extracción con cianuro. (La amalgamación es el proceso mediante el cual el mineral se une con la sustancia utilizada, en este caso mercurio, para efectos de separarlo del resto del material.)
Según el Instituto del Oro (Gold Institute, citado por Young, 1993), la producción de oro por el proceso de extracción por lixiviación con cianuro aumentó de 468,284 onzas en 1979 a 9,4 millones de onzas en 1991. Para alcanzar el nivel de producción de 1991, se trataron más de 683 millones de toneladas de mineral con cianuro.
1.2.1. La Tecnología de Extracción de Minerales por Lixiviación con Cianuro (Cyanide Heap Leach Mining)
Las operaciones mineras que utilizan la tecnología de extracción por lixiviación con cianuro (cyanide heap leach mining) en minas a cielo abierto se componen de seis elementos principales, que son:

  • la fuente del mineral (an ore source),
  • la plataforma (the pad) y el cúmulo (the heap),
  • la solución de cianuro,
  • un sistema de aplicación y recolección,
  • los embalses de almacenamiento de solución (solution storage ponds),
  • una planta para la recuperación de metales.

La mayoría de las operaciones que utilizan la extracción por lixiviación con cianuro usan la minería a cielo abierto para conseguir el mineral. La minería a cielo abierto trastorna grandes extensiones de tierra. Sin embargo, varias operaciones también usan material de desecho previamente extraído. Se trituran las menas (rocas que contienen el mineral) y se les amontona en un cúmulo que se coloca sobre una plataforma de lixiviación (leach pad).
Los cúmulos de material triturado varían en su tamaño. Un cúmulo pequeño puede estar constituido por 6 mil toneladas de mineral, mientras que un cúmulo grande puede tener hasta 600 mil toneladas, llegando a medir cientos de pies de alto y cientos de yardas de ancho. Las plataformas de lixiviación pueden variar en tamaño. Pueden tener aproximadamente entre uno y 50 acres (1 hectárea equivale a 2.471 acres). El tamaño de la plataforma depende de la magnitud de la operación y la técnica de lixiviación. Generalmente, las plataformas de lixiviación tienen un forro (liner) de materiales sintéticos y/o naturales que se usan para “tratar” de evitar filtraciones. A veces, las operaciones utilizan forros dobles o triples. El uso de varios forros efectivos es económicamente viable y ventajoso para el ambiente, dado que una plataforma con filtraciones pueden contaminar los recursos hídricos con cianuro.
Una vez que el mineral triturado es apilado en la plataforma de lixiviación, se le rocía uniformemente con una solución de cianuro. Un sistema de regaderas dispersa la solución de cianuro a 0.005 galones por minuto por pie cuadrado (típicamente). Para un cúmulo pequeño (de 200 por 200 pies), esta velocidad equivale a 200 galones por minuto. La solución de cianuro contiene entre 0.3 y 5.0 libras de cianuro por tonelada de agua (entre 0.14 y 2.35 kg de cianuro por tonelada de agua), y tiene una concentración promedio de 0,05 por ciento (alrededor de 250 miligramos por litro de cianuro libre). La solución de cianuro lixivia (lava y amalgama) las partículas microscópicas de oro del mineral mientras se filtra por el cúmulo. Los ciclos de lixiviación duran desde unos cuantos días hasta unos cuantos meses, dependiendo del tamaño del cúmulo y de la calidad del mineral. La solución de cianuro que contiene el oro —llamada la solución “encinta”— fluye por gravedad a un embalse de almacenamiento. Desde el embalse de almacenamiento se usan bombas o zanjas con forros para llevar la solución hacia la planta de recuperación de metales.
Los métodos más usados para la recuperación del oro contenido en la solución “encinta” de cianuro son la precipitación con zinc (método Merrill – Crowe) y la absorción con carbón. En el proceso de precipitación con zinc, se agrega zinc en polvo y sales de plomo a la solución “encinta”. El oro se precipita (se separa) de la solución mientras el zinc en polvo se combina con el cianuro. Luego se funde el precipitado para recuperar el oro. Los productos finales de este proceso son el oro en barras (gold ore bullion) y una solución de cianuro “estéril” (sin oro) (barren solution), la cual se transfiere con bombas a un embalse de almacenamiento. También se origina material de desecho (slag material) que consiste en impurezas, incluyendo metales pesados. Normalmente se descargan estas escorias en un cúmulo de material de desecho.
La alternativa preferida por la mayoría de las operaciones es la absorción con carbón, sobre todo en las operaciones más pequeñas y en aquellas en las que las cantidades de plata que viene asociada con el oro en la solución “encinta” son menores. En este proceso, la solución encinta es impulsada por bombas a través de columnas de carbón activado. El oro y la plata de la solución se adhieren al carbón, y la solución “estéril”, que todavía contiene cianuro, se lleva a un embalse de almacenamiento. El oro y la plata son separados del carbón por un tratamiento con soda cáustica caliente. Después, la solución pasa por una célula que contiene un ánodo de acero inoxidable y un cátodo para chapar el metal. El carbón gastado Se reactiva en un horno para poder reutilizarlo.
En las operaciones de extracción por lixiviación se utilizan los embalses de almacenamiento para almacenar la solución de cianuro que luego se rociará sobre el cúmulo, sobre la solución “encinta” lixiviada del cúmulo y sobre la solución “estéril” que resultan del procesamiento del oro. Por razones ambientales y económicas, todos los embalses de almacenamiento tienen forros para evitar escapes de la solución de cianuro.
Las operaciones de extracción por lixiviación con cianuro pueden usar un sistema “cerrado” o “abierto” para el manejo de la solución de cianuro. En un sistema “abierto”, se trata o se diluye la solución “estéril” que queda después de recuperar el oro, para cumplir con las normas aplicables de calidad de agua para concentraciones de cianuro y luego se descarga al ambiente. En un sistema “cerrado” se reutiliza o se recicla la solución de “estéril” para minimizar la necesidad de más cianuro, y para cumplir con las normas ambientales que pueden ser aplicables en el sitio minero. Varias operaciones grandes en tierras federales (de Estados Unidos) están valiéndose del sistema “cerrado”. 1.3. IMPACTOS AMBIENTALES DE LA EXTRACCIÓN DE ORO
POR LIXIVIACIÓN CON CIANURO
Las operaciones mineras que utilizan la tecnología de extracción con cianuro llevan implícitos altos impactos ambientales, que en muchos casos pueden ser catalogados de desastre ambiental.
1.3.1. Acerca de la documentación relativa al tema
El considerable y muchas veces hasta dramático impacto ambiental y social de este tipo de minería está ampliamente documentado. Entre otros, se recomienda consultar a los siguientes autores: Alberswerth et al (op.cit.); AMIGRANSA (op.cit.); Bliss & Olson (op.cit.); Bravo (1994); Danuron Dickson (op.cit.); Emberson-Bain (op.cit.); Hartley (1995); Hocker (1989); Knudson (1990); Mineral Policy Center (1988); Mineral Policy Institute (op.cit.); Moody (op.cit.); Panos Institute (1996), Reece (1995); Sartorio de Ponte (op.cit.); U.S. Department of Labor (1981,), Young (1993).
Para el caso de Costa Rica, la única mina que ha operado con técnicas de cielo abierto ha sido la mina Macacona, por lo cual representa el único caso del que se pueden documentar impactos ambientales y sociales. Sobre este caso, se recomienda consultar los siguientes documentos: ICEA (1989) y Umaña (1990).
1.3.2. Sobre el uso de cianuro en la minería que utiliza la extracción por lixiviación
Dada la alta toxicidad y reactividad natural del cianuro, la contención de esta sustancia es una de las preocupaciones primordiales de las minas en las que se utiliza la extracción por lixiviación. Se han documentado los efectos perjudiciales del cianuro en los peces, la vida silvestre y los humanos.
a. Toxicidad del cianuro
Para las plantas y los animales, el cianuro es extremadamente tóxico. Derrames de cianuro pueden matar la vegetación e impactar la fotosíntesis y las capacidades reproductivas de las plantas. En cuanto a los animales, el cianuro puede ser absorbido a través de la piel, ingerido o aspirado. Concentraciones en el aire de 200 partes por millón (ppm) de cianuro de hidrógeno son letales para los animales, mientras que concentraciones tan bajas como 0.1 miligramos por litro (mg/l) son letales para especies acuáticas sensibles. Concentraciones subletales también afectan los sistemas reproductivos, tanto de los animales como de las plantas.
Las dosis letales para humanos son, en caso de que sean ingeridas, de 1 a 3 mg/kg del peso corporal, en caso de ser asimilados, de 100-300 mg/kg, y de 100-300 ppm si son aspirados. Esto significa que una porción de cianuro más pequeña que un grano de arroz sería suficiente para matar a un adulto. La exposición a largo plazo a una dosis subletal podría ocasionar dolores de cabeza, pérdida del apetito, debilidad, náuseas, vértigo e irritación de los ojos y del sistema respiratorio. Hay que tener mucho cuidado al manejar el cianuro, para efectos de prevenir el contacto dañino de parte de los trabajadores. Sin embargo, según la industria, no hay ningún caso de fatalidades humanas en las minas que usan las técnicas de lixiviación con cianuro.
Ante este hecho, utilizado frecuentemente como un argumento por las compañías mineras, Philip Hocker (op.cit.) señala: “limitar nuestra preocupación por el cianuro al hecho de que no hayan sido reportadas muertes humanas es caer en lo que los bioquímicos llaman en la teoría de toxicología “los muertos en las calles”: la actitud según la cual, si no se ven cadáveres, todo está en orden. A pesar de la ausencia de cadáveres humanos, hay evidencia de que no todo está en orden”.
Los trabajadores mineros suelen tener contacto con el cianuro, sobre todo durante la preparación de la solución de cianuro y la recuperación del oro de la solución. Para los trabajadores mineros, los riesgos son el polvo de cianuro, los vapores de cianuro (HCN) en el aire provenientes de la solución de cianuro y el contacto de la solución de cianuro con la piel.
1.3.3. Acerca del impacto sobre la vida silvestre y las aguas
Aunque son rentables para las compañías mineras, las minas que utilizan la extracción por lixiviación con cianuro son bombas de tiempo para el medio ambiente, tal y como lo indica el amplio estudio de la National Wildlife Federation de los Estados Unidos (Alberswerth et al, 1992), del cual citamos a continuación las principales preocupaciones:
  • A la vez que se extraen millones de toneladas de mineral de minas a cielo abierto y se les trata con millones de galones de solución de cianuro, las operaciones que utilizan la extracción por lixiviación con cianuro trastornan los hábitats de la vida silvestre y las cuencas hidrográficas, y pueden redundar en una multitud de riesgos para la salud y el ambiente. Estos impactos pueden manifestarse durante varias fases de la operación.
  • Los estanques de cianuro seducen a la vida silvestre. Ha sido registrada frecuentemente la muerte de animales silvestres, en especial aves, atraídos por el señuelo de los espejos de agua de esos estanques. La extensión generalizada de la mortalidad de animales silvestres en las instalaciones que utilizan dicho proceso ha provocado la preocupación del Servicio de Vida Silvestre y Pesquerías de los Estados Unidos, a pesar de que existen técnicas para evitar la muerte de animales silvestres, por ejemplo cercas y redes que cubren las plataformas de lixiviación y los embalses de almacenamiento, para impedir que las aves y los mamíferos entren en contacto con la solución venenosa.
  • Después de la lixiviación, el cúmulo de mineral ya procesado contiene todavía vestigios de la altamente tóxica solución de cianuro, así como de metales pesados concentrados que han sido precipitados del mineral. Muchas operaciones optan por tratar los desechos contaminados con cianuro enjuagando con agua fresca el cúmulo hasta que la concentración de cianuro baje a un nivel inferior al máximo permitido (este nivel varía entre los estados y países). Una vez que la concentración de cianuro baja al nivel permitido, normalmente se deja en el lugar el material ya procesado, se compacta y puede que se haga o no se haga el esfuerzo de reconstruir ecológicamente el sitio.
  • Si no se enjuaga totalmente el mineral usado y la roca de desecho, o si se le deja sin tratar, el cianuro puede seguir filtrándose al medio ambiente. Tanto el cianuro como los metales pesados liberados por él (entre ellos se encuentran arsénico, antimonio, cadmio, cromo, plomo, níquel, selenio, talio) y otras sustancias tóxicas que se encuentran en el cúmulo y los lixiviados (por ejemplo sulfuros), son una amenaza para las quebradas, ríos o lagos, para las fuentes subterráneas de agua y para los peces, la vida silvestre y a las plantas (citado también por Hartley,1995).
  • Otros autores llaman la atención sobre lo siguiente:
  • Las soluciones de cianuro utilizadas en la minería pueden filtrarse a las aguas subterráneas (freáticas) (Engelhardt, 1989, citado por Hocker, 1989; Hilliard, 1994).
  • Los problemas a largo plazo derivados de la lixiviación de metales pesados de los cúmulos de desechos de las operaciones que utilizan la extracción por lixiviación con cianuro probablemente exceden el impacto directo del cianuro en sí (Hocker, 1989).

Aún en los Estados Unidos, las actuales regulaciones federales y estatales no abordan de manera adecuada los impactos de la minería que utiliza la extracción por lixiviación con cianuro. A pesar del gran aumento en el número de actividades mineras de extracción de oro y de los impactos conocidos de estas actividades, los organismos reguladores a nivel federal y estatal no se han apresurado a abordar estos problemas. 1.3.4. Acerca de los accidentes propios de la minería de oro a cielo abierto por lixiviación con cianuro
1.3.4.1. Sobre los escapes de cianuro al medio ambiente
El cianuro utilizado en el proceso de extracción por lixiviación puede ocasionar — y ocasiona— daños ambientales. Las dos clases más comunes de escapes de cianuro al medio ambiente en operaciones de extracción por lixiviación resultan de:
a. Forros (geomembranas colocados debajo de los cúmulos y los estanques) que permiten filtraciones debido a un diseño inadecuado, a defectos de manufactura, a inadecuada instalación y/o a daños (agujeros) producidos durante el proceso de operación.
En su excelente reseña sobre los forros (geomembranas) utilizadas por la minería de oro, Reece (op.cit.) afirma: “Todos los forros tienen escapes. Esa es la cosa más importante a comprender acerca de las geomembranas usadas en la minería que utiliza la extracción por lixiviación con cianuro. La única diferencia entre ellas es que algunas han tenido filtraciones y otras las tendrán” (en cursiva en el original).
b. Soluciones que se desbordan de los embalses de almacenamiento. Estos escapes causan daños a las plantas y a los animales que tienen contacto con concentraciones letales de la solución de cianuro, y representan una amenaza a largo plazo para las aguas subterráneas (freáticas).
Generalmente, los embalses de almacenamiento son diseñados para resistir grandes tormentas y crecidas. Sin embargo, no siempre impiden los desbordamientos. Los metales pesados y el agua contaminada con cianuro que escapan de un embalse de almacenamiento ocasionan mayores daños cuando fluyen directamente a cursos naturales de agua. La solución que escapa puede ser suficiente para matar peces y otras formas de vida acuática, o para contaminar recursos de agua potable.
II. CÚMULOS DE ORO, LAGUNAS DE VENENO
MANANTIALES DE CIANURO
por Philip M. Hocker
Tomado de: Materiales Educativos del Mineral Policy Center (Centro de Política Mineral),Otoño 1989, pp.6-11. Traducción libre hecha por la Asociación Ecologista Costarricense-Amigos de la Tierra Costa Rica. Los párrafos en negrita han sido resaltados por el editor del artículo
Este artículo es fruto de las investigaciones del Mineral Policy Center en Washington y en varios sitios mineros, realizados a lo largo de los últimos 18 meses. Les agradecemos a Frederick W. de Vries, de E.I. duPont de Nemours & Company, Susan van Kirk, Jim Jensen de MEIC, Dr. Glenn Miller, Steve Botts de Newmont, varios funcionarios de agencias anónimas y al personal del Congreso por su asistencia y fuentes de datos. En particular queremos agradecerle al representante George Miller por sus esfuerzos en un intento de reducir el número de muertes de aves migratorias. Las opiniones manifestadas en este artículo son las del autor, y al expresar mi agradecimiento a estos amigos no es mi intención implicar que ellos estén de acuerdo con las mismas.
Las canoas hechas de oro son demasiado delicadas para pasar sobre las rocas y demasiado pesadas para el porteo. El oro no sirve tampoco para el equipo de montañismo. ) Has oído hablar de un saco de dormir relleno de oro?
A pesar de esto, el oro tiene atractivo para algunas personas, y esta atracción está propulsando una nueva fiebre del oro en todo el mundo. La fiebre provocó un incremento en la tasa anual de producción aurífera mundial de unos 31 millones de onzas en 1980 a 44 millones en 1987, y va en aumento.
El incremento en los EE.UU. ha sido aún más dramático, de un millón de onzas minadas en 1980 a 5 millones en 1987, y alcanzó 7,5 millones de onzas en 1989.
Esta fiebre está centralizada en Nevada, el sitio donde se produce la mitad del oro de los EE.UU., y hay impactos masivos en los estados de California, Montana y Colorado. Los estados de Utah y Washington también tienen operaciones activas. Se ha programado la apertura de nuevas minas en el este de Oregon, donde una ola de interés el otoño pasado redundó en decenas de miles de nuevas solicitudes de concesiones. En el estado de Carolina del Sur, se acaba de terminar una de las lagunas de colas (desechos) más grandes del país para servir a nuevas operaciones mineras de oro. Boliden de Suecia está desarrollando la montaña Bald en Maine.
Mientras parte de este auge se atribuye al engrandecimiento o a la reapertura de antiguas minas, en gran parte es resultado de una impresionante revolución tecnológica: la aplicación al mineral de oro de una antigua técnica minera llamada “lixiviación de cúmulo”, en la cual se rocía una solución de cianuro sobre vastos cúmulos de mineral expuestos al aire libre a fin de extraer el oro. Pero hay un lado de la lixiviación de cúmulo que no brilla: sus impactos ambientales.
EL ORO Y EL CIANURO
La minería de oro siempre requiere la extracción del oro mismo de una masa mucho más grande de mineral rocoso. Cuando el oro aparece en granos bastante gruesos en un cauce de grava, el proceso de “lavado en batea” hace posible extraerlo por medio de la gravedad. Cuando el oro procede de fuentes más rocosas (mineral más pobre), hacen falta métodos más sofisticados.
La mayoría de las minas más profundas explotadas en los Estados Unidos durante las fiebres del oro del siglo XIX se valieron de la amalgamación con mercurio para concentrar el oro en polvo después de triturar el cuarzo en un molino. Aún hoy en día, los residuos de la amalgamación con mercurio están presentes en el ambiente, contaminando muchos arroyos, tanto en las montañas Apalaches como en el Oeste.
Además de los daños ambientales, el proceso con mercurio era ineficiente. Una típica recuperación del oro de la mina era de un 60%. Los inventores buscaron otro método, y en Escocia, en 1887, fue desarrollado un proceso que utilizó por primera vez el cianuro; fue empleado inmediatamente en los nuevos campos auríferos de Witwatersrand en Sudáfrica. Con la mayor eficiencia de la extracción con cianuro, más de 97% en los molinos, resultó rentable explotar minerales de mucho más baja ley.
Exquisitamente tóxico
Pero el cianuro se conoce mejor por ser un veneno extremadamente tóxico que por su impacto en la historia económica de la minería de oro en Sudáfrica, y con razón. El cianuro de sodio es “uno de los venenos letales de más rápida acción y es bien conocido por el público por desastres tales como el suicidio colectivo de Jonestown y las muertes provocadas por el Tylenol contaminado con cianuro.” En una dosis letal, que para los seres humanos puede ser tan pequeña como una cucharada de solución de 2% cianuro, los síntomas se manifiestan en segundos. Pronto sigue la muerte.
Sin embargo, los mineros afirman que no constan casos de ninguna muerte de un ser humano a causa de un accidente con cianuro, que el cianuro se descompone rápidamente en el medio, y que el cianuro es un componente natural de muchos procesos biológicos. )Por qué agitarse tanto?
Y tienen razón. No obstante, el asunto es más complicado. En primer lugar, el término general, “cianuro”, se refiere a varios compuestos. Todos tienen el ion fundamental CN- en común, lo que es el carbón combinado con el nitrógeno, pero aparte de esta similitud las diferentes combinaciones tienen propiedades que varían ampliamente. La mayoría de la atención pública y reguladora se dirige al gas extremadamente tóxico de cianuro de hidrógeno y el compuesto simple NaCN, el cianuro de sodio, la forma utilizada en la minería como sólido o como solución líquida.
A diferencia de muchos otros químicos que son dañinos para el medio ambiente, no se conoce que el cianuro se bioacumule — es decir, no se acumula en los tejidos animales. Por lo general no se considera que cause mutaciones ni que sea un agente cancerígeno, aunque hacen falta más investigaciones sobre el tema. La mayoría del cianuro ingerido — algunas alimentos comunes contienen pequeñas cantidades — se descompone naturalmente. Sólo es mortífero cuando se consume una dosis letal de una vez; entonces bloquea el transporte del oxígeno a través de las paredes celulares. En efecto, la víctima se asfixia a pesar de tener sangre totalmente oxigenada; el sistema nervioso central es el primer órgano que sucumbe.
En el ambiente natural, la mayoría de la descomposición del cianuro es inocua: se descompone al estar expuesto a la luz del sol o a condiciones de pH neutral. Sin embargo, hay evidencias sustanciales de que el cianuro persiste en las aguas freáticas, en las colas o en los cúmulos de lixiviación abandonados, particularmente donde se mantienen las condiciones alcalinas.
Dado el mecanismo químico de su toxicidad, no es de extrañar que los peces sean particularmente sensibles al cianuro en soluciones líquidas. Las concentraciones de cianuro de hidrógeno que superan 0,1 milogramos por litro pueden ser letales a especies sensibles de peces, y se ha demostrado que concentraciones equivalentes a una ventiava parte de ese nivel inhiben la reproducción de los peces. Los criterios establecidos en 1980 por la Environmental Protection Agency (Oficina para la Protección del Medio Ambiente de los EE.UU, EPA por sus siglas en inglés) para la vida acuática de agua dulce con respecto al cianuro libre, permiten un máximo de 3,5 microgramos por litro por un promedio de 24 horas, con un límite de 52 microgramos por litro en todo momento.
Tanto la atención pública como la respuesta de la industria minera se han enfocado en el espectro de muertes de seres humanos por el cianuro. Se ha considerado que sus efectos de salud a largo plazo son menores en comparación con la amenaza de una muerte inmediata, y son por lo tanto ignorados. Empero, hay buenos motivos para sospechar que un compuesto tan agresivo como el cianuro en dosis letales, también tiene efectos serios de salud en condiciones de una exposición crónica de bajos niveles a largo plazo. Se han observado correlaciones entre la absorción crónica de bajos niveles y enfermedades específicas en los humanos, y experimentos con animales han demostrado daños progresivos a los tejidos, tales como los del sistema nervioso.
Y hay mucho que simplemente todavía se desconoce sobre el cianuro y sus efectos. Ya hemos visto el alto precio de esta ignorancia: “Hay muy poca información sobre las interacciones entre el cianuro y las aves,” informó un estudio comprensiva en 1978.
Trágicamente, desde entonces, ha surgido mucha evidencia empírica. Miles de aves han muerto como consecuencia de ingerir el agua de lagunas abiertas de cianuro en los sitios mineros, ya que como aprendimos después, los aves son altamente sensibles al cianuro.
Lixiviación de cúmulos
Por siglos, los mineros han buscado maneras de extraer el metal de los minerales sin tener que excavar el mineral del suelo, molerlo hasta convertirlo en un polvo fino y tratarlo en instalaciones caras dentro de un molino.
Llevando este sueño hasta sus límites, esta ambición dio lugar a la minería “in situ”, en la cual se inyecta al mineral una solución química a través de pozos perforados en la tierra, para extraerla por medio de bombas de los pozos de extracción perforados en el mineral a cierta distancia. Este proceso depende de que el mineral sea naturalmente poroso, o que sea fracturado en el lugar por explosiones de dinamita.
Se ha tratado de aplicar tal proceso (recuperación del oro por injección de cianuro) en Colorado, pero no es de uso comercial. La US Bureau of Mines (Oficina de Minas de los EE.UU.) sugiere que sería conveniente intentarlo; se hacen la vista gorda de las posibles amenazas de una contaminación masiva de las aguas freáticas.
Desde la punta de vista de los mineros, la mejor alternativa que le sigue a la minería in situ es el amontonamiento del mineral en grandes cúmulos y su aspersión con una solución que extraiga el metal. Trasladar un líquido que contiene el metal es más económico que mover masas de mineral, y se puede extraer el metal a fin de producir un producto de alta calidad. Esta técnica, conocida como “lixiviación en depósito” ha sido utilizada en la minería de cobre desde su inicio en el área del río Tinto en España cerca de 1750. Para el caso del cobre, el ácido sulfúrico es el químico común de lixiviación. Ésto trae su propio conjunto de peligros ambientales…pero eso es otro cuento.
En 1969, la US Bureau of Mines (Oficina de Minas de los Estados Unidos) propuso el sistema de remojo con cianuro al aire libre como un método económico de tratar grandes volúmenes de minerales de oro de baja ley. La sugerencia llegó en un buen momento. Los costos crecientes de mano de obra hicieron que las minas a cielo abierto fueron más competitivas que las minas subterráneas que requerían grandes cantidades de mano de obra, y se hicieron nuevos descubrimientos de grandes volúmenes de mineral de oro de baja ley. Los bajos costos y la capacidad de procesar cantidades inmensas de material que caracterizaban la nueva técnica, conocida después como “lixiviación de cúmulos”, llamó la atención inmediatamente. Su uso se ha acelerado en la medida en que se ha desarrollado la capacidad de manejar esta nueva tecnología.
Empezando de cero a comienzos de los años 70, la lixiviación de cúmulos llegó a ser una industria que trató casi 4 millones de toneladas en 1980 — una tercera parte de todo el oro procesado en el país. Para 1987 la tasa anual aumentó a 65 millones de toneladas. La lixiviación en cubo (también con el uso de cianuro) se había triplicado en esos 7 años, pero la lixiviación de cúmulos aumentó por 16. La tasa de crecimiento sigue en aumento.
Aun así, para tener una perspectiva, la lixiviación de cúmulos y en depósitos de mineral en la industria de cobre utiliza muchas veces más mineral que la industria aurífera y está creciendo rápidamente, aunque no tan explosivamente como en el caso del oro. (Un “cúmulo” es mineral amontonado sobre un forro (geomembrana) impermeable — o que supuestamente es impermeable; un depósito es simplemente mineral colocado sobre la superficie de la tierra.)
Los niveles de concentración de cianuro usado en la lixiviación con cianuro son bastante bajos: de un 0,015% a un 0,25% de cianuro de sodio en relación a su peso en la solución. Es una creencia común en la industria minera que las soluciones no presentan un verdadero peligro. De hecho, a los gerentes de las minas que realizan la lixiviación de cúmulos les gusta decir a los visitantes que podrían tomarse el agua de las lagunas de solución sin sufrir mayores efectos. No obstante, simples cálculos demuestran que, de hecho, menos de un cuarto de la solución de lixiviación de baja concentración contiene una dosis letal.
La rapidez de la expansión de la minería de oro en los años 80, y de la creciente exposición del ambiente a riesgos desconocidos, se puede apreciar en función de los aumentos en el uso del cianuro de sodio: el consumo norteamericano de cianuro — principalmente en la industria minera — se ha incrementado de 142 millones de libras (63.9 millones de kilogramos) en 1988 a 215 millones (96.75 millones de kilogramos) en 1989, un aumento de un 51% en un sólo año. Se calcula que la demanda norteamericana en 1990 será de 254 millones de libras (114.3 millones de kilogramos). Recientemente, DuPont reconoció que la demanda mundial excederá la capacidad de producción de vez en cuando en los próximos 5 años, a pesar del hecho de que desde 1986 la capacidad manufacturera se ha triplicado.
Problemas
Ya que el cianuro es tan notoriamente tóxico, la industria minera está acostumbrada a tomar medidas preventivas. Cualquier discusión sobre el cianuro tiene que desembocar en el hecho de que no hay ningun caso reportado de una muerte humana provocada por envenenamiento accidental con cianuro en la industria minera. Este es un récord impresionante, y da crédito al cuidado y a la capacitación de muchos usuarios y fabricantes, particularmente de DuPont.
Sin embargo, limitar nuestra preocupación sobre el cianuro a las fatalidades humanas es caer víctima a lo que un bioquímico denomina la teoría de toxicología de “cadáveres en la calle”: la actitud de que mientras no se vean cadáveres, todo está bien. A pesar de la ausencia de cadáveres humanos, hay indicios de que no todo está bien.
La evidencia más dramática ha sido la muerte de aves por envenenamiento con cianuro en los sitios mineros. Se han reportado miles de muertes de aves acuáticas por envenenamiento con cianuro; se supone que se han ocultado más muertes, pero es posible que nunca lo sepamos. Aún más preocupante es el número desconocido de aves enfermas que han logrado volar de las lagunas envenenadas, sólo para morir en otro sitio.
La industria minera ha intentado reducir el número de víctimas, principalmente tratando de ahuyentar a las aves de las lagunas usando banderas y matracas, y respondiendo con ira que las muertes de aves acuáticas se han reducido a números insignificantes. No obstante, las discusiones con funcionarios del Departamento de Vida Silvestre (de los Estados Unidos) indican que la cooperación es todavía limitada y a regañadientes. El Estado de Nevada ha adoptado un Memorandum que sólo exige que las lagunas de soluciones tóxicas “tengan una cobertura de manera que se evite, o por lo menos se inhiba, el acceso de las aves,” y que las lagunas “sean hechas en forma no atractiva para la vida silvestre.”
La flexibilidad de esta política de la agencia de vida silvestre del Estado de Nevada puede ser consecuencia de que en realidad fue elaborada por la Asociación Minera de Nevada. Los fiscales de las tierras federales, con una flexibilidad semejante, sistemáticamente fallan en notificar a las agencias de vida silvestre acerca de las propuestas para la apertura de minas nuevas, lo que impide planificar medidas preventivas.
Hay otras amenazas más sutiles del uso generalizado del cianuro, además de la muerte de aves y otras formas de vida silvestre. Numerosos escapes en los forros colocados por debajo de los cúmulos han sido reportados. En varios casos, los escapes han ocasionado la contaminación de fuentes de agua potable. Pero probablemente hay muchos escapes más que continuamente inyectan una solución de cianuro hacia, y en, las aguas freáticas, y que pasan desapercibidos.
Una capa de material impermeable es colocada por debajo de cada cúmulo de mineral de oro, para asegurarse de que la solución de cianuro que contiene el oro acabe en el equipo de tratamiento, y no en el suelo. A fin y al cabo, la recuperación del oro es la meta de la operación. Sin embargo, mientras que hay un incentivo para recuperar la solución, hay otro incentivo para minimizar el costo del forro. “Atajos” en la construcción del forro ahorran dinero en el corto plazo. “Muchos forros de las plataformas son perforados durante la construcción del cúmulo,” hace ver un artículo de la industria. Las primeras operaciones de lixiviación de cúmulos solían utilizar forros de arcilla, los cuales, en la práctica, son extremadamente difíciles de mantener sin que tengan escapes.
Hoy en día, membranas sintéticas son comúnmente utilizadas como forros, normalmente de un polietileno de alta densidad. Sin embargo, ya que los cúmulos de mineral a ser lixiviados se acumulan progresivamente para alcanzar hasta 150 pies (45.45 metros) de altura, muchos forros pueden fallar debido al asentamiento progresivo y al rompimiento provocado por el peso masivo del material sobre la delgada geomembrana.
Se han realizado muy pocos estudios prácticos sobre el comportamiento de las geomembranas bajo estas circunstancias. En la lixiviación del cobre, a veces se valen de “depósitos”, cúmulos que simplemente se colocan en el suelo sin forro. Cuando se ha recomendado la colocación de forros por debajo de los depósitos de mineral de cobre para proteger las aguas freáticas, la respuesta de la industria ha sido que: “...no ha sido demostrado que (los forros) sean viables para operaciones que cubren centenares de hectáreas y que contienen millones de toneladas de mineral. El tamaño masivo de tales operaciones puede redundar en fuerzas cortantes que destruirían la integridad del forro.” Si no se puede confiar en los forros por debajo de los depósitos de mineral de cobre, )por qué, entonces, debemos confiar en los forros colocados por debajo de los cúmulos de mineral de oro que son de un tamaño comparable?
El cianuro puede derramarse de otras maneras más sencillas. En una operación minera a pequeña escala, un barril de químicos puede ser vertido a un riachuelo. Un operador descuidado puede pasar por alto una válvula mal ajustada en el complejo circuito de tuberías de un sitio grande de lixiviación y no darse cuenta hasta que decenas de litros de cianuro se hayan filtrado al suelo. Fuertes lluvias pueden rebalsar el sistema de lagunas y tuberías y arrastrar soluciones tóxicas río abajo. Se han registrado ejemplos de todos estos tipos de incidentes.
Para prevenir de una manera segura los daños ambientales, una mina y una planta de lixiviación de cúmulos tendría que preocuparse, por lo menos, de lo siguiente:
-El manejo de precipitaciones (lluvias), para evitar que el flujo de aguas pluviales en el sistema de lixiviación con cianuro provoque desbordes de la solución de lixiviación hacia los ríos y las aguas freáticas.
-Un control de las aguas superficiales para desviar, permanentemente, las corrientes de agua y los efluentes alrededor del área minera, y prevenir que los sedimentos lleguen a los ríos.
-Un sistema de monitoreo de escapes por debajo de la plataforma de lixiviación y en el sistema entero de tuberías. Se debe exigir un forro sintético doble sobre un sustrato de arcilla especialmente diseñado, con monoriteo de escapes entre cada uno de los tres forros. El sistema debe ser cerrado una vez que se detecte un escape en el primer forro, hasta que esté reparado.
-Un diseño seguro contra fallas en el sistema entero del proceso, para que cualquier derrame causado por errores del operario puede ser contenido.
-El establecimiento de pozos de monitoreo en las aguas freáticas, con pruebas frecuentes. Se deben establecer varios pozos en elevaciones más bajas con por lo menos un pozo que sirva de patrón en elevaciones más altas.
-La protección de la vida silvestre, incluyendo medidas absolutas de prevención física de cualquier acceso de vida silvestre a las lagunas de solución de cianuro o a las de colas (desechos), donde las concentraciones excedan la norma estatal de calidad de agua.
-El saneamiento y la reconstrucción ecológica del sitio, con medidas para prevenir el drenaje ácido y la lixiviación de metales tóxicos de los cúmulos abandonados de desechos mineros y de los cúmulos lixiviados. Puede que esto requiera controles de escorrentía, el tratamiento de los lixiviados de los desechos, o el encapsulamiento de los cúmulos de desechos con capas impermeables de arcilla.
Un programa de monitoreo de largo plazo debe ser un requisito para todos los sitios mineros al terminar las operaciones y cerrar la mina. Esto debe incluir pruebas de las aguas superficiales y subterráneas, y un plan para la acción correctiva si se da un drenaje ácido o tóxico.
Fondos de garantía para que estas medidas puedan ser implementadas deben ser requeridos antes de que se permita el inicio de una operación minera, para que los contribuyentes no tengan que soportar la carga de los costos de saneamiento después de que el brillo de la operación se empañe.
MAS ALLÁ DEL CIANURO
Los impactos mencionados en este artículo son solamente los impactos immediatos de la minería de oro por lixiviación con cianuro.
Los problemas a largo plazo derivados de la lixiviación de metales pesados de los cúmulos de desechos de las operaciones que utilizan la extracción por lixiviación con cianuro probablemente exceden el impacto directo del cianuro en sí.
El bajo costo y la extendida aplicación de la lixiviación de cúmulos, la carrera por nuevos yacimientos y la flexibilidad general de la Ley Minera y de los responsables gubernamentales, dan lugar a una peligrosa sinergia. Centenares de regiones silvestres y rutas de paso de la vida silvestre son vulnerables a la minería de oro a cielo abierto , gracias a la lixiviación con cianuro.
Pero no son directamente las fallas de la tecnología de extracción con cianuro ni el cianuro en sí a quienes hay que culpar. Es preferible culpar a una serie de leyes y a una serie de mentlidades que permiten a las casualiddes de la geología decidir si un área será explotada o no, en vez de utilizar un proceso inteligente de planeamiento de actividades múltiples que permitan sopesar su valor en relación al de los minerales que se pretenden explotar.
EL VEREDICTO
)Hay maneras de usar el cianuro y la lixiviación con cianuro de forma segura para el ambiente? Sí, en teoría, es posible. )Es injustificado en parte el temor hacia el uso del cianuro en la minería? Sí, técnicamente, lo es.
)Tenemos el conocimiento necesario para aceptar los riesgos que actualmente estamos corriendo con el uso este veneno agresivo? No, en definitiva no. )Están actuando responsablemente y con firmeza los órganos gubernamentales de quienes dependemos para controlar los riesgos?
No, tristemente no lo están. Los requisitos de diseño son inadecuados, la inspección de la dirección correspondiente es mínima, la aplicación de la ley y las multas no son más que palabras. Ya que los derrames han ocurrido básicamente en sitios remotos, ya que las víctimas no han sido humanas, es que no hemos tomado plena conciencia de este problema. Estamos rociando por todo el medio ambiente decenas de miles de toneladas de uno de los venenos más peligrosos conocidos por la humanidad. Habrán más muertes si no se emplea un control estricto sobre este programa, y las muertes no serán solamente de aves y animales.
Los fabricantes de cianuro, los usuarios y los órganos reguladores necesitan adoptar una actitud de: “Sí, tenemos un problema; así lo vamos a resolver; venga para que veamos.” Pero en muchos casos, la respuesta es, “No hay ningún problema. Váyase.” Obscenidad suprimida. Esa actitud no va a tranquilizar a la opinión pública, y cuando los derrames ocurran, la reacción será amarga. El asunto no debería llegar a ese punto. No es necesario. Pero me temo que así terminará.
III. LA MINERÍA EN EL TERCER MUNDO
(Preparado por AECO-AT)
1. ACERCA DE LA EXPANSIÓN DE LAS COMPAÑÍAS MINERAS AURÍFERAS EN EL TERCER MUNDO
Cuando se consultan diversas fuentes de información acerca de las actividades de las compañías mineras interesadas en la explotación de oro nos damos cuenta del creciente interés por yacimientos situados en países del llamado “Tercer Mundo”, a partir de los años 80.
Podemos citar los casos de Perú (Bliss y Olson, 1992); Bolivia (Charlier, 1993), los cuales describen ampliamente la forma en que firmas estadounidenses, al ser cuestionadas por grupos ambientalistas locales, buscan nuevos horizontes en ese país; República Dominicana (Danuron Dickson, 1993); Nicaragua (Elizondo, 1994); México (Williams, 1994); Venezuela (AMIGRANSA, 1994; Sartorio de Ponte, 1996) e Indonesia (Heinzl, 1996).
Asimismo, han sido publicado extensos estudios sobre el impacto ambiental y social de las explotaciones de oro por parte de grandes compañías transnacionales. Destacan entre ello el análisis global preparado por la organización británica Minewatch (Moody, 1992); los estudios sobre el caso de Fiji (Emberson-Bain, 1994a; destacable también de esta autora es su estudio sobre el impacto de la minería de oro sobre las mujeres en el Pacífico Sur de Oceanía (1994b) y el estudio de caso sobre la Mina Porgera en Papúa-Nueva Guinea (Mineral Policy Institute, 1995).
La revista “The Corporate Ethics Monitor” (Monitor de la Ética de Corporaciones) en su número de Julio-Agosto de 1994, al referirse al éxodo de compañías mineras de oro canadienses hacia países extranjeros, señala como causas principales de este fenómeno las siguientes : – incentivos fiscales – lucrativos depósitos de mineral – menores costos de producción – procesos de aprobación menos complicados y más expeditos y – regulaciones ambientales menos estrictas (en cursiva en el original).
También señala que “ el marco legal que protege el medio ambiente y la seguridad de los trabajadores es mucho menos agresivo en el extranjero, así como la presión pública para alcanzar tales regulaciones”.
El creciente interés por la explotación de oro, de parte de muy diversas compañías mineras, se manifiesta también en los Estados Unidos, donde (según datos recabados por la Federación Nacional de Vida Silvestre de ese país) la cantidad de minas de oro en el oeste del país se ha incrementado en más de un 800 por ciento a partir de 1982 (Alberswerth et al, 1992).
La causa fundamental de este creciente interés se sitúa tanto en los aumentos en los precios del oro (una onza se cotiza actualmente a un precio cercano a los 395 dólares), que brindan un alto margen de utilidad, como a la reciente creación de métodos rentables en función de los costos de producción, para la extracción de oro de minerales sumamente pobres, gracias a la tecnología de extracción de oro por lixiviación con cianuro.
Según la DuPont Corporation, es económicamente viable obtener minerales con solamente 0.01 onzas de oro por cada tonelada de material extraído. Esta tecnología ha venido a substituir a la recuperación de oro por amalgamación con mercurio, proceso ineficiente en términos de recuperación (60% en caso de amalgamación con mercurio, hasta más del 97% en caso de extracción con cianuro).
2. MINERÍA Y PUEBLOS INDÍGENAS
AMBIENTE: Minería destruyó la tierra, sostienen grupos indígenas
Por Pratap Chatterjee, InterPress Service, 17 May 1996
LONDRES, 14 mayo (IPS) Los minerales de la minería, desde el carbón al uranio, han transformado montañas en cráteres y contaminado los ríos, sostienen representantes de pueblos indígenas de unas 50 comunidades del mundo reunidos esta semana en esta capital.
Organizada por el Consejo Mundial de Iglesias, la Consulta sobre Pueblos Indígenas y Minería, discutirá hasta el 16 de mayo estrategias de acción con la participación de nativos de Namibia, Siberia, Guyana, Fiji y otras partes del globo.
Los indígenas relataron experiencias sobre la selva tropical transformada en una tierra árida en Nueva Guinea, en el Pacifico Sur, y la matanza de millones de peces producida por la extracción de cobre en Guyana y Filipinas.
Empresas mineras destruyeron en enero las viviendas de pueblos indígenas en Bihar, India, en la búsqueda de uranio, y en Suriname se produjeron ataques aéreos contra grupos que viven en tierras ricas en oro en junio del ano pasado.
En Venezuela, terratenientes contratan ‘‘asesinos de indios’‘ para perseguir a quienes se oponen a la minería del cobre, relataron los participantes.
Para muchos pueblos indígenas, la destrucción causada por la minería y la violencia que la acompaña es completamente opuesta a los valores de sus culturas.
‘Mai bula ki lagi’ — desde el corazón de la Tierra al cielo — es lo que decimos en nuestro país para explicar el respeto por la santidad espiritual de la naturaleza y su valor material como fuente de sustento’‘, dijo Rabici Ganilau, de Fiji.
Según el grupo ambientalista Minewatch, unos tres millones de entre 300 y 400 millones de grupos indígenas que estima viven ahora en el planeta, explotan minerales a pequeña escala.
Pero en los últimos anos, desiertos remotos y bosques aun habitados por grupos nativos se convirtieron en el blanco de corporaciones multinacionales que tienden a agotar las fuentes minerales.
Minewatch estima que, desde 1940, mas de la mitad del uranio del mundo provino de tierras indígenas, y que en el 2010 la mitad del cobre y el oro se extraerán en estas tierras.
Aun en los casos en que los pueblos indígenas tienen derechos a la tierra, el Estado tiene la propiedad de las minas, mientras los indígenas ni siquiera pueden trabajar en la extracción.
En la zona de Irian Jaya, controlada por Indonesia, por ejemplo, la mayor mina de oro, en manos de la empresa Freeport McMoRan, de Nueva Orleans, solo 10 por ciento de la fuerza de trabajo es indígena.
Los desechos contaminantes de la minería que afectan al medio ambiente muchas veces perjudican directamente a los pueblos indígenas.
En Europa oriental, por ejemplo, alrededor de 46 por ciento de la basura generada, o 5.000 millones de toneladas, fueron producidas por la minería, según una reciente estimación de Integrated Solid Waste Management.
La estrategia de lucha contra el daño ambiental de los grupos indígenas se centra ahora en una acción conjunta en varias partes del planeta, ya que las empresas que operan en sus tierras en general forman parte de una multinacional con actividades en otras regiones indígenas.
La mayor empresa minera del mundo, la Río Tinto Zinc, con sede en Londres, se fusionó recientemente con Conzinc Riotinto de Australia para crear una compañía que genero en 1995 2.850 millones de dólares en ganancias — antes de pagar impuestos — en un total de ventas de 9.300 millones de dólares.
Otros gigantes de la minería incluyen a Broken Hill Propietary (BHP), de Australia, Anglo-American y De Beers en Sudáfrica, Noranda y Placer Dome en Canadá y Phelps Dodge y Cyprus en Estados Unidos.
Una de las tácticas que ya comenzaron a usar los grupos indígenas es el inicio de juicios contra las empresas en sus países de origen. Cortes en Melbourne han permitido que comunidades de Papua Nueva Guinea lleven ante la justicia la destrucción ambiental causada por empresas mineras.
En Nueva York permitieron a comunidades indígenas de Ecuador abrir juicio contra la Texaco por perforar sus tierras en busca de petróleo, y en Gran Bretaña un ex empleado de la Río Tinto Zinc enjuicio a la empresa por sus actividades en Namibia.
IV. Casos de accidentes ocurridos en minas de oro a cielo abierto
4.1. CASO DE MINA MARINDUQUE, FILIPINAS
MEDIO AMBIENTE:
La imagen de las minas apoyadas por Canadá se ve dañada
Por Pratap Chatterjee
VANCOUVER, 3 de abril de 1996 (IPS), transmitido por correo electrónico: La imagen de las minas apoyadas por Canadá que tienen operaciones en países en vías de desarrollo se ve dañada por dos desastres ambientales que ocurrieron en menos de un año.
“Canadá está empezando a tener una mala reputación en el Tercer Mundo por su destrucción ambiental”, según dice Patricia Adams, quien trabaja en campañas para el grupo ambientalista ?Probe? con sede en Toronto.
Unas 1.500 personas de la isla de Marinduque, en las Filipinas, se encontraron atrapadas por unos días la semana pasada cuando 1,5 millones de toneladas de colas (desechos) de una mina de cobre escaparon de un embalse y se derramaron en un río local. La Philippines’ Marcopper Mining Corporation, de la cual la compañía multinacional Placer Dome de Canadá es propietaria del 40 por ciento, es el operador de la mina.
Las colas de este embalse empezaron a “escapar como el agua de una bañera”, según relató a IPS Hugh Legatt, un portavoz de Placer Dome en Vancouver. “Daña mucho nuestra imagen.”
Hace seis años Probe denunció que las operaciones previas de Marcopper en Marinduque, una pequeña isla ubicada a unos 170 kilómetros al sur de Manila, provocaron un desastre ambiental para las comunidades locales pesqueras.
Marcopper había excavado la mitad de la montaña Tapian de 700 metros de altura en Santa Cruz, Marinduque para extraer el cobre y el oro. En un principio, la compañía descargó los desechos en el embalse San Antonio. Cuando en 1975 se descubrió el cobre debajo de este embalse, se vertieron los desechos en el mar.
Este sistema de descarga submarina redundó en el vertimiento de unas 145 millones de toneladas de colas o desechos mineros en la bahía Calancan, lo que mató a la vida marina en una área de casi 50 metros cuadrados del fondo marino, y amenazó la fuente principal de ingresos para unos 12.000 pescadores y sus familias.
Probe alega que la gente del local se quejaba de enfermedades de la piel, enfermedades respiratorias, náuseas, vómitos, mareos e incluso parálisis después de haber ingerido mariscos de la bahía.
El secretario para la comunidad de Botilao, Benjamin Alafante, informó a un periodista del Centro Filipino para el Periodismo Investigador que la captura de peces había disminuido de 20-30 kilogramos al día a apenas lo suficiente para alimentar a las familias.
Cuando Marcopper inauguró una nueva mina en 1992, las comunidades religiosas y pesqueras del local obligaron a la compañía a dejar de verter los desechos en el mar. Posteriormente, la compañía decidió descargar los desechos en el cráter resultante por las previas operaciones mineras, aunque las estimaciones en ese momento indicaron que se llenaría el cráter tan pronto como para 1997.
El informe de septiembre de 1990, realizado por Probe puso de manifiesto que la nueva mina, “podría agravar el desastre ecológico y el sufrimiento humano,” y que “dado los antecedentes de Marcopper, hay serias dudas de que se establezca un embalse de colas adecuado.”
Los funcionarios del gobierno filipino reaccionaron por advertir a los pobladores de no tomar el agua de los pozos del local. Helicópteros llevaron artículos de auxilio a los habitantes atrapados que en otro caso cruzarían el río para llegar al centro de la ciudad.
El vice presidente de Marcopper para recursos humanos y asuntos legales en Manila comunicó a IPS que podría tener que cerrar el molino de cobre por hasta un mes.
“Afortunadamente, las colas dejaron de escapar este fin de semana sin nuestra intervención. Pensamos que algo ha estorbado el túnel y ahora estamos bajando un tapón de cemento en el cráter para asegurar que se mantenga esta situación,” dijo.
Gabor afirmó que la compañía estaba utilizando equipo de excavación para trasladar los desechos de la cuenca del río. La compañía además estaba construyendo un dique provisional en el río a 4 kilómetros más abajo para evitar que los desechos impactaran la agricultura local.
4.2. Caso de Omai, Guyana
Investigación de las operaciones de extracción de oro en Omai, por Zoe Hartley, 2 de noviembre de 1995.
1. Antecedentes: El derrame de Omai
El 20 de agosto de 1995, 685 millones de galones (2,59 billones de litros) de aguas residuales contaminadas con cianuro se derramaron por una brecha en el estanque de escorias de la mina Omai, en Guyana. (La cantidad exacta varía entre diferentes artículos. La cifra indicada arriba fue tomada de un artículo del New York Times)
El estanque de Omai fue construido por Knight Piscold Ltd., de Vancouver, y fue diseñado para contener más de 860 millones de galones de agua. El estanque contenía cianuro de sodio (cianuro WAD) y varios metales pesados tóxicos. Al principio, el estanque tenía 700 m de ancho, 500 m de altura y 600 m de profundidad. En 1993, ?Cambior?, la compañía dueña de la mina, contrató a la empresa ?Golder Associates? (con sucursales en Atlanta y en Canadá) para aumentar la altura del estanque hasta 535 m. Según los representantes de Knight Picsold, que acudieron al sitio, el desbordamiento del estanque ocurrió a una altura que oscilaba entre los 520 y los 530 metros.
Los funcionarios de Omai afirman que cuando las aguas residuales salen del ingenio y están canalizadas al estanque de escorias, contienen 800 partes por millón (ppm) de cianuro que se descompone a 5 ppm a lo largo de un plazo específico de retención.
Según informes periodísticos, cuando falló la presa, el estanque contenía entre 25 y 30 ppm de cianuro total, y entre 5 y 6 ppm de cianuro libre. No se hizo mención de los metales pesados.
Una funcionaria de Cambior, Gail Amuyt, sostiene que el estanque contenía 25 ppm de cianuro total y concentraciones bajas de metales pesados (3 ppm de hierro y 1 ppm de cobre). El hierro es un metal no tóxico, y es necesario para las funciones corporales. Ya que no hay regulaciones con respecto a niveles de hierro en el agua, no voy a entrar en más comentarios sobre este metal. La funcionaria de Cambior manifestó que las concentraciones de cobre eran muy bajas y no nocivas.
En el derrame de escorias en Omai, los desechos contaminados con cianuro escaparon en el Río Omai, el cual desemboca en el río Esscquibo. En este río, el cianuro se diluyó rápidamente a niveles no dañinos. Según la funcionaria de Cambior, las concentraciones de metales pesados en el derrame estaban a niveles no deletéreos. Aunque no se informó de ningún daño sostenido en el derrame de Omai en agosto de 1995, cabe revisar las posibles consecuencias y las alternativas a la extracción por lixiviación con cianuro.
2. El cianuro y los metales pesados
2.1. Relación existente entre el cianuro y los metales pesados
El cianuro separa el oro y la plata del mineral, y separa y moviliza (a través de la tierra hasta llegar a las aguas subterráneas) metales pesados como el arsénico, antimonio, cadmio, cromo, plomo, mercurio, níquel, pirita, selenio, talio, cinc, sulfuros de metales comunes y sales sulfúricas.
Los metales pesados se presentan en una gama de concentraciones en la mena (roca que contiene el mineral a extraer). La extracción por lixiviación con cianuro libera estos metales del mineral matriz y los suelta o libera al medio circundante. Estos metales pesados son los desechos de la extracción por lixiviación con cianuro y son problemáticos porque contaminan las soluciones de cianuro y los componentes de la maquinaria usada para los tratamientos.
Los metales alterados de su estado natural tienen concentraciones más altas, son más resistentes a la descomposición y no son fácilmente reintegrados en los ciclos químicos del mundo natural (se requieren décadas o siglos). En virtud de su peso, los metales pesados se depositan como sedimento. La corriente fuerte de un río puede agitar el sedimento y soltar los metales pesados (como en Omai).
2.2. Preocupaciones de la toxicidad del cianuro y otros metales pesados
a. Aniquilamiento de la vida silvestre: la ingestión del cianuro directamente del sitio de operaciones, por ejemplo. de estanques estériles, embalses de escorias. (Esto no ha sido documentado ni está en discusión en Omai, así que no me refiero al asunto en el presente informe).
b. Los escapes episódicos del cianuro y de otros metales pesados al medio ambiente a causa de fallos de maquinaria, desbordes o errores humanos (como en Omai): De vez en cuando las consecuencias son graves, pero por lo general resultan transitorias (como en Omai – el río diluyó en gran parte las concentraciones de cianuro y rápidamente condujo el cianuro al mar.)
c. La contaminación de aguas subterráneas con metales pesados y cianuro (una posibilidad en Omai). Ya que la extracción por lixiviación con cianuro es un proceso relativamente nuevo, todavía no se han observado las secuelas a largo plazo. Más que en fundamentos empíricos, las preocupaciones acerca de la contaminación de aguas freáticas por metales pesados y por cianuro se basan en fundamentos teóricos.
La contaminación de aguas subterráneas es una gran preocupación en los Estados Unidos. Debido a que la mayoría de las operaciones de extracción por lixiviación con cianuro se realizan en lugares del Sudoeste, que dependen mucho de las aguas subterráneas para el agua potable, la lixiviación sostenida de cianuro y/o metales pesados de estanques de escorias a largo plazo sería desastroso. Los daños por contaminación de metales pesados serían permanentes, puesto que las rocas acuíferas se recargan muy lentamente.
El cianuro puede ocasionar envenenamientos, dolores de cabeza, náuseas, mareos, dificultades de respiración, convulsiones y pérdida de conciencia. Dosis muy pequeñas de cianuro son fatales si son ingeridas, aspiradas o asimiladas. Aunque el cianuro se degrada cuando está expuesto a la luz solar o a condiciones de pH neutral (se puede agregar reactivos para crear condiciones neutrales) y no se acumula en los tejidos, puede persistir en las aguas subterráneas y en otros medios, donde existen condiciones alcalinas. Concentraciones de cianuro de 2 ppm son fatales.
Los metales pesados (tales como el cobre, arsénico, plomo, mercurio, cadmio) son tóxicos y pueden acumularse en los tejidos vivos e infiltrarse en la serie sucesiva de la cadena alimenticia de organismos, en la cual cada uno se alimenta del organismo inmediato anterior. Los metales pesados alterados de su estado natural cambian, a veces, a formas más fácilmente asimiladas en los intestinos de los seres humanos. La severidad del envenenamiento causado por la ingestión de metales pesados varía entre los metales. Las consecuencias van desde un envenenamiento poco severo hasta la muerte.
2.3. Las cuatro clasificaciones del cianuro en estanques de escorias
a. Cianuro libre – no forma complejos con otros metales, sumamente peligroso
b. Cianuro Weak Acid Dissassociable (WAD) – forma complejos con metales (cadmio, cromio, plomo, o talio), se rompen fácilmente las uniones, peligroso
c. Cianuro estable – forma complejos con metales (oro, plata, hierro o cobalto)
d. Cianuro total – la suma de lo expuesto arriba
2.4. Metales pesados y cianuro encontrados en las escorias de Omai
Concentración de cobre de 1 ppm (1.000 ppb)
El cobre se considera un elemento esencial. Se le requiere a bajos niveles para muchas reacciones enzimáticas en el cuerpo. Se desconocen los efectos crónicos del envenenamiento de cobre. Los efectos a corto plazo incluyen vómitos y dolores abdominales.
La concentración de cianuro en las escorias de Omai es de 25 ppm (25.000 ppb)
3. Otros comentarios respecto al derrame en Omai
?Qué pasó? ?Por qué falló el estanque de escorias? Omai tenía planes de construir un nuevo estanque de escorias para recibir el desborde del estanque existente, para permitir que el cianuro se redujera a 2 ppm. Omai dio a conocer que el estanque de escorias casi estaba lleno, y que las escorias tendrían que ser tratadas y vertidas para agosto. ?Por qué no trataron los desechos? ?Por qué permitieron que las escorias se acumularan hasta el punto en que falló el estanque?
Se desviaron las escorias al cráter minero Fennel. Puesto que el cráter no tenía forro, los desechos contaminados con cianuro podrían lixiviar en las aguas freáticas.
Aunque la mayoría de las minas tienen forros de arcilla y plástico en sus estanques de escorias, Omai usaba solamente la arcilla. ?Deben exigirse forros de arcilla y de plástico si Omai emprende de nuevo sus operaciones?
Se necesitan puntos de referencia y datos de calidad de agua actuales para fiscalizar los desechos y determinar los efectos de derrames.
Guayana debe exigir un proceso largo e inclusivo de análisis antes de otorgar concesiones. Esto debe incluir una investigación de las empresas y los inversionistas. Robert Friedland, miembro de la junta directiva de Golden Star Resources (propietario del 30% de Omai), ayuda a obtener fondos para financiar la mina. También dirigió la compañía responsable para los derrames y escapes de cianuro en Summitville, Colorado, en 1992. El superfund de Estados Unidos paga $50.000 cada día para Summitville. Como Omai, el proyecto de Summitville fue aprobado rápidamente.
Las empresas aseguradoras, que en parte son responsables del otorgamiento de concesiones, deben investigar los antecedentes de la empresa.
Guayana necesita una ley coherente de protección del medio ambiente, incluso reglamentos para la minería y la capacidad de hacerlos cumplir.
Entre mayo y agosto, 28.000 onzas de oro pasaron de contrabando a los Estados Unidos. El hacer cumplir con la declaración de oro suministraría al Estado con los fondos necesarios para fiscalizar y hacer respetar las políticas.
Cambior Inc., dueño del 65% de la mina Omai, maneja ocho minas en Quebec, una en Alaska y está realizando exploraciones avanzadas en el Perú, la Argentina, México, Suriname y French Guiana. Golden Star Resources Ltd., dueño de 30% de OMGL, está involucrado en la exploración y desarrollo de actividades mineras en Guayana, Suriname, French Guiana, Brasil, Venezuela, Malí, Gabón, Etiopía y la Costa de Marfil. Robert Friedland opera una sociedad fiduciaria, Ivanhoe Capital, que está involucrada en la minería en Burma, Namibia, Papúa Nueva Guinea y Venezuela. Cabe investigar estas operaciones para encontrar similtudes con Omai, y aprender lecciones de ellas.
4.3. MINAS EN ESTADOS UNIDOS
California
Los escapes de cianuro están provocando una destrucción ambiental generalizada. En mayo de 1989, 92.000 galones de solución de cianuro de sodio se filtraron de una unidad de lixiviación en la mina Carson Hill en California. Según la demanda número 89-511 de la Dirección de Control de la Calidad del Agua de la Región del Valle Central de California (Central Valley Region Water Quality Control Board, California), una gran parte de esta solución (con una concentración de 200 mg/l de cianuro) entró en el embalse cercano de New Melones, cuya agua se usa para consumo municipal, la agricultura y la recreación.
Colorado
En 1984, en el Proyecto Cameron de la Newport Minerals Inc. en Colorado, según cálculos aproximados, se filtraron 200.000 galones de aguas pluviales y solución estéril (sin oro) de cianuro de un embalse de almacenamiento, a través de un dique de protección, hasta llegar al riachuelo Grassy. Mediciones de la solución que quedó entre el embalse de almacenamiento y el dique de protección, realizadas posteriormente, pusieron de manifiesto que la solución contenía 1,9 mg/litro de cianuro. Concentraciones tan bajas como 0,05 mg/l pueden ser letales para la vida acuática. Posteriormente, el Departamento de Salud de Colorado impuso una pequeña multa de $6.000 (dólares) a la compañía Newport bajo el cargo de verter agentes contaminantes a aguas estatales sin permiso.
Las extensas minas de Summitville en Colorado, ubicadas a 11.700 pies sobre el nivel del mar en las Montañas de San Juan, también han infringido diversas normas estatales y federales acerca de la calidad del agua desde su inauguración en 1986. En 1990, la Summitville Consolidated Mining Co., el operario de la mina, recibió una multa de $100.000 del Ministerio de Salud por un escape de cianuro que mató toda la vida acuática a lo largo de 17 millas (27.2 kilómetros) del Río Alamosa. A pesar de la multa, en el otoño de 1991, el Ministerio de Salud documentó dos escapes más de cianuro, de los cuales el más reciente ocurrió en noviembre (de 1991), cuando se desbordaron entre 500 y 1.000 galones de agua contaminada con cianuro en el riachuelo Whiteman.
Montana
Los derramamientos de soluciones de cianuro son casos frecuentes. Según los funcionarios del Departamento de Tierras Estatales de Montana (Montana Department of State Lands), tres de las cinco operaciones activas que utilizan el proceso de extracción por lixiviación con cianuro, y que están registradas en dicho Departamento, registraron en 1989 violaciones recientes a las normas de calidad del agua por sus descargas ilegales de solución de cianuro.
El cianuro se descompone cuando es expuesto al aire. Sin embargo, una vez que la solución de cianuro contamine el agua freática puede quedarse allí por largos períodos de tiempo. En la mayoría de los casos, el agua subterránea resulta contaminada cuando la solución de cianuro se filtra por los forros protectores debajo de la plataforma de lixiviación o de los embalses de almacenamiento.
Utah
Hay muchos casos documentados de contaminación de aguas subterráneas por las instalaciones que utilizan la extracción por lixiviación con cianuro. De las 8 operaciones que la utilizan, registradas en 1992 con el Departamento de Recursos Naturales de Utah, 7 tienen forros que tienen agujeros o embalses que pueden presentar problemas de contaminación del agua freática. Desde 1986, la Mina de Oro de Carson Hill, manejada por la Western Mining Corporation en California, ha tenido escapes de cianuro tanto en sus embalses de almacenamiento de solución “estéril” (sin oro) como en una de sus unidades de lixiviación, según la Dirección para el Control de la Calidad de Agua.
Dakota del Sur
Según el organismo regulador del estado de Dakota del Sur, dos de las cuatro minas de oro que utilizan la extracción por lixiviación han experimentado escapes de cianuro. La Brohm Mining Corporation de Dakota del Sur ha tenido seis infracciones por violaciones en cuatro años, tres de las cuales fueron por escapes de cianuro de una plataforma de lixiviación. En cierta época, 6.800 galones de solución de cianuro escaparon cada día por el forro principal de una plataforma de 14 acres (5.66 has). Más recientemente, en junio de 1991, Brohm violó cuatro condiciones de permiso que tienen que ver con escapes de cianuro. Una investigación realizada por el Estado dio a conocer que el cianuro que escapó de la instalación se encontraba en cuerpos superficiales y subterráneas de agua.
Multas han sido impuestas por infracciones ocurridas en operaciones en las minas de Brohm, Carson Hill y Summitville, pero las multas son demasiado pequeñas para tener mucha importancia o para conformarse como un agente disuasivo para las compañías mineras, tomando en cuenta las actuales ganancias rendidas en la minería de oro que utiliza la extracción por lixiviación.
Los escapes de cianuro pueden ser evitados por medio de un revestimiento adecuado de las plataformas de lixiviación y de los embalses de almacenamiento de la solución cianurada. En muchos casos, se necesitarán tres forros para detener los escapes de solución. Los embalses de almacenamiento y los canales de desagües pueden ser diseñados para impedir que filtraciones de la solución contaminen cuerpos de agua y mate las plantas y los animales.
Según estudios recientes acerca de los impactos sobre la vida silvestre provocados por las instalaciones que utilizan la extracción por lixiviación con cianuro, los operarios mineros en Arizona, California y Nevada informaron de más de 9.000 casos de muerte de animales silvestres en tierras federales entre 1984 y 1989. Estos datos, de muertes vinculadas con el cianuro, se basaron principalmente en reportes voluntarios presentados por los operarios mineros, y es probable que el número de muertes de vida silvestre en las instalaciones que utilizan la extracción por lixiviación con cianuro sea mayor.
La información más actualizada del Servicio de Vida Silvestre y Pesquerías de los Estados Unidos indica que entre 1986 y 1991 más de 10.000 animales han muerto en instalaciones que utilizan la extracción por lixiviación con cianuro solamente en Nevada. Entre las aves acuáticas y ribereñas se cuenta el número más alto de víctimas. Sin embargo, los embalses de almacenamiento de solución de cianuro seducen, mortalmente, también a las aves cantoras, mamíferos pequeños y grandes.
Varios otros estados han reportado casos de mortalidad de vida silvestre. Por ejemplo, según el Departamento de Recursos Naturales de Utah, tres de las seis minas que utilizan la extracción por lixiviación con cianuro en este estado han tenido problemas de mortalidad de animales. Por otra parte, en el embalse de Ridgeway Mining en Carolina del Sur, aproximadamente 50 gansos murieron a causa de agua contaminada con cianuro. En otras minas se han informado de la muerte de patos, venados, alces y otras aves y mamíferos a causa del envenenamiento con cianuro.
Las pruebas acerca de los impactos de la minería que utiliza la extracción por lixiviación con cianuro siguen acumulándose. De hecho, la extensión generalizada de la mortalidad de animales silvestres en las instalaciones que utilizan dicho proceso ha provocado la preocupación del Servicio de Vida Silvestre y Pesquerías de los Estados Unidos.
En una acción inaudita en octubre de 1990, la Corte de Distrito de Estados Unidos en Reno ordenó a Echo Bay Minerals Co. a pagar una multa de $250.000 por haber violado el Decreto sobre el Tratado de Pájaros Migratorios de Estados Unidos puesto que 909 aves en la mina de McCoy Cove en Nevada perecieron al ingerir agua cargada de cianuro en un embalse de desechos entre junio de 1989 y julio de 1990. La multa es la más grande en los 76 años de existencia del Decreto, y significa un esfuerzo mayor de parte del Gobierno Federal de proteger la vida silvestre de los residuos tóxicos de actividades mineras.
En marzo de 1990, la Kennecott Corp. se declaró culpable de infringir el tratado mencionado en conexión con las muertes de más de 1.400 aves en sus minas de Alligator Ridge en Nevada. Además de el tercer fallo condenatorio en la Mina Sleeper en Nevada, actualmente se están realizando investigaciones en otras cinco minas por violaciones de dicho tratado. Y aunque la mayoría de muertes de aves registradas hasta la fecha han ocurrido en Nevada, los funcionarios del Servicio de Vida Silvestre y Pesquerías de los Estados Unidos están llevando a cabo indagaciones sobre problemas semejantes en las minas de California, Arizona, Idaho y Dakota del Sur. Incluídos en la lista de víctimas están grullas, patos y cisnes.
Existen técnicas para evitar la muerte de animales silvestre, tales como cercas fuertes que rodean y redes que cubren las plataformas de lixiviación y los embalses de almacenamiento para impedir que las aves y los mamíferos entren en contacto con la solución venenosa. En la Mina Sleeper en Winnemucca, Nevada, una red pesada cubre el estanque con forro de plástico a fin de evitar que la vida silvestre descanse y beba en el lugar. El mantenimiento habitual de estas cercas y redes además impide la destrucción innecesaria de la vida silvestre. No obstante, por lo general, ni el Oficina de Administración de Tierras ni los estados aseguran que se tomen tales medidas para evitar la mortalidad de la vida silvestre.
Los programas reguladores estatales y federales son ineficaces en cuanto a la regulación de la miríada de impactos ambientales y los posibles impactos a la salud pública que resultan de la actividad. Por ejemplo, los dos estados con el mayor número de minas de oro —California y Nevada— han sido incapaces de lograr que las minas a cielo abierto creadas por las operaciones mineras sean rellenadas o reformadas a su contorno original. Por lo tanto, esas áreas de nuestras tierras públicas no podrán ser de nuevo utilizadas de manera productiva.
Continuas infracciones ambientales ocurren en las instalaciones de extracción por lixiviación con cianuro según informes estatales en Montana, Utah y California. No obstante, el programa regulador no es capaz de hacer que las minas operen conforme a la ley aplicable. Obviamente, la atención nacional debe enfocarse en los impactos de las operaciones de extracción por lixiviación con cianuro y su regulación eficaz.
4.4. MINA PORGERA, PAPÚA, NUEVA GUINEA
INFORME INDEPENDIENTE SOBRE LA DESTRUCCIÓN AMBIENTAL CAUSADA POR LA MINA PORGERA (11 de diciembre de 1995)
El Instituto de Política Minera (Mineral Policy Institute), la Ayuda Comunitaria en Ultramar (Community Aid Abroad), la Fundación de Conservación de Australia (Australian Conservation Foundation) y el Fondo Mundial para la Naturaleza (World Wide Fund for Nature) hicieron hoy un llamado para la detención inmediata de la destrucción continua del ambiente, y de las amenazas a la salud para la población local, provocadas por la mina de oro en Porgera, Papúa Nueva Guinea.
Dichos grupos alegan que la contaminación causada por la mina, la cual está manejada por tres empresas australianas, es peor que la contaminación provocada por la mina Ok Tedi.
Un informe independiente, elaborado por el Instituto de Política Minera, ha dado a conocer lo siguiente:
?La compañía minera contamina el entorno de 7.000 personas con altos niveles de metales pesados que son potencialmente tóxicos.
La salud y el bienestar de la comunidad local se ven amenazados por la contaminación y sus impactos sobre la vida silvestre, las granjas y el medio ribereño.
Algunos metales pesados alcanzan niveles que son 3.000 veces los límites legales de Papúa Nueva Guinea, pero se ocultan estos datos por una inadecuada fiscalización y suministro de información?.
Este informe se basa en el trabajo de Philip Shearman, un asesor al Foro de Apoyo de Derechos Individuales y Comunitarios (Individual and Community Rights Advocacy Forum), y examina los impactos de la mina, propiedad conjunta de Placer Pacific, Renison Goldfields Consolidated, Highlands Gold (Mount Isa Mines) y del Gobierno de Papúa Nueva Guinea.
Los grupos manifestaron que las compañías mineras deben empezar de inmediato a construir un embalse de almacenamiento para los desechos mineros nocivos, a fin de evitar más daños al medio ambiente, incluso la contaminación de los ríos con altos niveles de mercurio, arsénico y otros metales pesados.
También hicieron un llamado para una indagación inmediata e independiente sobre las denuncias de muertes de aldeanos, que se dieron como resultado aparente de la ingestión de comestibles contaminados. La muerte de un aldeano, denunciado por un médico en el Hospital Sopas como resultado posible del envenenamiento con arsénico, provoca preocupaciones serias sobre la contaminación. Los grupos sostienen que el Gobierno australiano condona, o incluso activamente promueve, la contaminación del sistema fluvial al otorgar y suministrar seguros y préstamos.
Por otra parte, los grupos pidieron que el Gobierno realizara una indagación independiente y detallada sobre la operación de todos los proyectos mineros que son propiedad de, o manejados por, australianos en la región Asia/Pacífico, y la implementación de un código de conducta con fuerza legal para las compañías australianas que tienen operaciones en ultramar.
RESUMEN
PORGERA: UN LEGADO DE DESTRUCCIÓN
La mina de oro de Porgera en la provincia Enga de Papúa Nueva Guinea inició operaciones en 1990. En un corto período de cinco años, en la región aislada de Papúa Nueva Guinea, la mina ha provocado una enorme destrucción ambiental, así como una gran desarticulación social. La contaminación que se relaciona con la mina es peor que la contaminación de la mina de mala fama Ok Tedi.
El funcionamiento de la mina Porgera, de lo cual hasta ahora en gran parte no se ha rendido informe, recalca el pésimo récord ambiental, social, económico y de derechos humanos de las compañías mineras que son propiedad de australianos o que tienen su sede en este país. Se exige la atención inmediata del Gobierno australiano para fiscalizar las actividades de estas compañías y dejar de asegurar y subsidiar los proyectos que redundan en desastres económicos, sociales y ambientales para los propietarios locales y Papúa Nueva Guinea.
MATERIALES PELIGROSOS
La mina descarga desechos peligrosos que son potencialmente tóxicos, en cantidades muy superiores a los niveles permitidos por la ley australiana, o por la ley de Papúa Nueva Guinea.
Se han medido estas descargas en niveles que alcanzan hasta 3.000 veces los límites de Papúa Nueva Guinea. Los niveles de metales pesados cerca del lugar de descarga son tan altos que el área sería declarada un sitio contaminado en Austalia y probablemente causaría que el NHMRC hiciera un llamado para una investigación de los impactos sobre la salud humana. Estos niveles de contaminación normalmente solo se encontrarían en los sitios industriales más contaminados del mundo.
NIVELES DESCONTROLADOS DE MERCURIO
No hay restricciones legales sobre la cantidad de mercurio que Porgera descarga en el río Strickland, a pesar de un amplio reconocimiento de que éste es uno de los metales pesados más nocivos. Los niveles de mercurio por debajo del sitio minero son tan altos que por lo general solo se les encontraría debajo de una mina de mercurio.
Esta situación presenta un riesgo inaceptable a la salud humana, y no se permitiría ni en Australia ni en otros países desarrollados. Solamente ocurre porque la mina y el gobierno se han puesto de acuerdo en no poner límites a los niveles de contaminación de mercurio, ya que saben que la mina, como actualmente está, no podría cumplir con ninguno de los estándares que se consideran seguros para los seres humanos y los ecosistemas.
DESTRUCCIÓN DE LOS MEDIOS DE SUSBSISTENCIA DE LOS PROPIETARIOS
Los aldeanos creen que la contaminación de metales pesados y los altos niveles de sedimento destruyen los jardines ribereños y la población de peces, y tienen un impacto sobre otras especies, tales como los cocodrilos y las tortugas. Los niveles de sedimento parecen alcanzar niveles muy superiores a los niveles estimados por la Empresa Conjunta Porgera (Porgera Joint Venture).
Los jardines ribereños y los recursos alimenticios también están destruidos, debido a que han sido enterrados en el sedimento. Por otra parte, el sedimento provoca desbordamientos del río, y obstaculiza la reproducción de peces y cocodrilos al eliminar los pozos de agua limpia donde esta reproducción normalmente tiene lugar. Los aldeanos manifiestan que esto redunda en severos impactos en la disponibilidad de comestibles y artículos para el comercio, tales como pieles de cocodrilos. Además, el río pierde profundidad y la corriente fluye más rápido, lo que dificulta viajes por ello.
UNA ZONA DE 140 KILÓMETROS SACRIFICADA POR LA CONTAMINACIÓN
El Gobierno de Papúa Nueva Guinea ha permitido que los primeros 140 kilómetros del río debajo de la mina se conviertan en una zona sacrificada, sin límites de los niveles de metales pesados peligrosos y potencialmente letales. Más de 7.000 personas habitan esta área y, por lo tanto, efectivamente están sujetas a un régimen ambiental que permite la contaminación sin límite alguno de su medio.
La contaminación continua del medio de la comunidad de Papúa Nueva Guinea, y la subsiguiente desarticulación social y el sufrimiento, son abusos de los derechos humanos. Hasta la fecha, estos abusos han sido condonados o aun promovidos por el Gobierno australiano, tanto de forma directa, por el otorgamiento de seguros y préstamos, como de forma indirecta, por mantenerse callado en cuanto a asuntos como Ok Tedi, Porgera y Lihir.
DENUNCIAS DE MUERTES Y PROBLEMAS DE SALUD
Ha habido denuncias difundidas de muertes a lo largo del río Strickland que los aldeanos relacionan con el consumo de animales. El administrador del distrito local informó de 133 muertes extrañas entre 1991 y 1993, sobre las cuales se pidieron los comentarios de PJV. Recientemente, Dr. John Konga, un funcionario del hospital Sopas Adventist en Wabag, en la provincia de Enga, examinó un muerto de la Aldea Ambi, Lago Kopiago. Comentó que las pruebas de sangre indican que la muerte podría haber sido causado por un envenenamiento con arsénico. La naturaleza súbita de estas muertes en una región con niveles significantes de metales pesados, incluyendo el arsénico, exige una investigación independiente más detallada.
PLACER Y LA MINA DE ORO DE PORGERA
por Danny Kennedy del Multinational Monitor (marzo 1996; pp.22-24)
La mina Porgera en la provincia Enga de Papúa Nueva Guinea (PNG), en operación desde 1990, es una de las minas de oro más grandes y más rentables del mundo.
También puede ser una de las más contaminadoras. Un informe reciente, difundido por el Instituto de Política Minera (MPI) de Australia, sostiene que la “contaminación asociada con esta mina es peor que la de la tristemente célebre mina Ok Tedi (1).” El director-gerente de Placer Niugini, la filial en PNG de la compañía minera Placer, defiende la Porgera Joint Venture (PJV, una empresa conjunta de tres compañías australianas, Placer, Renison Goldfields y Highlands Gold), manifestando al parlamento de PNG en diciembre de 1995, que las denuncias “no tenían fundamento alguno”.
Cada día la mina Porgera descarga 40.000 metros cúbicos de colas (lavados o relaves de la minería) en el río Maiapam-Strickland, el cual — como el Ok Tedi — desemboca en el sistema fluvial del río Fly en las tierras bajas papuanas. Además de la roca estéril, la mina descarga directamente en el Maiapam sulfuros e hidróxidos de metales pesados, incluyendo complejos de ferrocianuro y Jarrosite, a niveles que alcanzan hasta 3.000 veces los límites legales normales de PNG. Las grandes cantidades de sedimento, son una clara amenaza a las huertas de subsistencia y a las poblaciones de peces en el río.
Las tres compañías con sede en Australia y el gobierno de PNG, que conjuntamente son los propietarios de la mina, alegan que estos niveles de descargas son necesarios ya que no era viable construir un dique de colas dado la geología inestable, el terreno escarpado, los altos niveles de lluvia (3,5 metros anuales) y la actividad sísmica. En un principio el ministro del medio ambiente de PNG rechazó el plan ambiental presentado por Porgera en 1989, pero cedió después de que unos estudios demostraron la falta de alternativas económicamente viables.
Sin embargo, a los cinco años después del inicio de operaciones, claros impactos sobre la salud y el bienestar de los pobladores, la fauna y el medio ribereño han presionado al gobierno a reconsiderar su posición. El informe del MPI, “The Porgera File: Adding to Australia’s Legacy of Destruction” (El archivo Porgera: Ampliando el legado destructivo de Australia) detalló hasta 133 muertes extrañas entre 1991 y 1993, las cuales fueron denunciadas por administradores locales.
Mucha gente de la comunidad cree que estas muertes se dieron como resultado de la contaminación de aguas y huertas ribereñas cerca de la mina, aunque por mucho tiempo las compañías han mantenido que tienen “un récord excelente de protección ambiental” y han negado responsabilidad alguna por estos problemas de salud.
En 1995, el Dr. John Konga, del Hospital Sopas ubicado en la región, confirmó una muerte que él cree podría haber sido provocada por envenenamiento con arsénico. El arsénico, uno de los contaminantes de la mina Porgera, puede ser ahora encontrado a niveles muchas veces mayores, del nivel existente en el sistema fluvial del río Strickland antes de que existiera la mina. Río abajo, a diversas distancias del lugar de descarga de la mina se registran niveles de cinc, plomo y mercurio que son de 3 a 3.000 veces mayores a los niveles estándares de Australia y Papúa Nueva Guinea.
LA ZONA DE SACRIFICIO
Un acuerdo entre PJV y el gobierno de PNG (propietario de un 25% de la mina), designa a los primeros 140 kilómetros del lugar de descarga de colas como una “zona de mezcla (mixing zone)”. Este acuerdo permite niveles asombrosos de venenos en el río. No hay ningún límite legal en cuanto a las concentraciones de metales pesados vertidos en este trecho del río, ni se realizan monitoreos regulares de los impactos sociales y ambientales. Hasta 7.000 personas habitan los valles por debajo del río, según informó el Instituto de Política Minera que califica este trecho como una “zona de sacrificio”.
El informe del MPI está basado fundamentalmente en las investigaciones de Philip Shearman de la Universidad de Tasmania, quien pasó varios meses en la región en 1994 y 1995. El, documentó la destrucción de los medios de subsistencia de los propietarios y los informes locales de muertes y problemas de salud. Encontró que la alta cantidad de sedimento de hecho había destruído las huertas ribereños, había agotado la población de peces y había tenido un impacto perjudicial sobre otras especies, tales como las tortugas y los casuarios.
Las investigaciones de Shearman fueron precedidas por los informes del Gerente Asistente del Distrito, Owen Lora, un funcionario del gobierno local con sede en la base administrativa del Lago Kopiago. Lora, informó a los supervisores que entre abril y diciembre de 1991 siete personas murieron misteriosamente en la región. Los pobladores atribuyeron las muertes al consumo de aguas contaminadas. Denuncias subsiguientes del envenenamiento de 11 personas, así como de perros y cerdos , provocaron una reacción por parte de PJV en octubre de 1992.
La PJV le encargó a una delegación, compuesta de sus responsables ambientales y de representantes de las comunidades, un médico del gobierno y Lora, a visitar el área ribereña por debajo de la mina. Después de realizar visitas a cuatro aldeas, la delegación concluyó que “no había pruebas patentes de enfermedades toxicológicas” y “decidió enfocar la investigación en el estado nutricional, las indicaciones del predominio de malaria y el índice de mortalidad infantil”. Aunque no tomaron los debidos historiales médicos, el informe oficial de la gira concluyó que las víctimas sufrían de “algún tipo de malaria”.
Sin embargo, Lora rindió un informe con marcadas discrepancias con respecto al administrador del distrito. Notó que los pobladores insistían en que tenían resistencia a la malaria, y por lo tanto no sufrían de ella. Y observó que la teoría de la malaria no podía explicar por qué los perros y animales silvestres mueren en el lugar donde toman agua del río Maiapam-Strickland.
Lora aseveró que la gente estaba “verdaderamente afligida porque, en efecto, la contaminación del río les robaba su herencia y la fuente de la vida misma”. También señaló que, en cada una de las aldeas, la gente “urge enérgicamente a la PJV a que no descargue los desechos mineros en el sistema fluvial, sino en otro lugar “. Concluyó que los informes de muertes no eran simplemente una estratagema para lograr una indemnización de la Empresa.
UN DEBATEBLICO
Un resumen de los informes de Lora salió en la prensa de PNG en agosto de 1993. La PJV reaccionó con una campaña concertada para poner en duda los descubrimientos de Lora. El gerente de la mina, Peter Harris, habló de “estudios extensivos por parte de la PJV y los ministerios gubernamentales” que no encontraron base alguna para las alegaciones. El director-gerente de Placer Niugini, Dick Zandee, informó al “Times of PNG” que nunca se habían encontrado materiales tóxicos en los ríos por debajo de Porgera y que “no se podía vincular las enfermedades reportadas con la existencia de la mina”.
Más entrado ese año, el Dr. Brian Brunton, anteriormente un juez y actualmente el director del respetado Individual and Community Rights Advocacy Forum (Foro de Apoyo de Derechos Individuales y Comunitarios) en PNG, visitó el Lago Kopiago para evaluar las diversas denuncias. Durante el viaje a las Tierras Altas desde Puerto Moresby, los pilotos de la nave áerea de la misión explicaron cómo el agua hasta el río Lower Strickland se volvió roja por los óxidos ferrosos. Antes de la apertura de la mina PJV, los fundamentos de caliza daban un color centelleante azul-verde al río.
Como respuesta a estas acusaciones, la compañía alega que su fiscalización demuestra que no ha ocurrido ninguna sedimentación. Una declaración de la compañía indica que, “(En el territorio) por debajo de la concesión minera, cambios en las secciones de la cuenca del río se sitúan dentro de la variación natural de la cuenca”.
Brunton también registró las manifestaciones contradictorias de los funcionarios de PJV que habían avisado a los aldeanos que el río no estaba envenenado pero que “no deberían tomar el agua”. En cuanto a la gente que planteaba las demandas de daños provocados por la mina, concluyó, “Los líderes eran gente responsable y madura que sinceramente creía que las muertes de sus compatriotas se dieron como consecuencia del envenenamiento por la contaminación de los ríos Lagaip y Strickland”.
La desconfianza de los pobladores en la empresa PJV, se intensificó a finales de 1994 cuando unos empleados de PJV, durante una visita a la aldea, no quisieron comer pescado capturado en el río. Un programa para examinar muestras de pelo, realizado por los funcionarios de la Empresa también aumentó las sospechas de los pobladores en cuanto a los motivos de ésta. Sus temores se justificaban; Denise Peggs, el coordinador ambiental de Placer Pacific afirma que se usaba la técnica para evaluar los niveles de mercurio de la población. No obstante, mientras reconoció que PJV había realizado pruebas de exposición a metales pesados, dijo que la compañía hizo las pruebas porque había “niveles extraordinariamente altos de mercurio en el área como resultado de algún fenómeno natural”.
PJV niega apasionadamente la posibilidad de muertes por debajo del río. En 1995, el señor Zandee, de Placer Niugini, dijo a un productor australiano de documentales de la cadena SBS que los médicos habían concluído que las muertes en el área del Lago Murray, por debajo del río Strickland, mencionadas en el programa, no fueron provocadas por envenenamiento, sino por otras causas.
Por otra parte, PJV ha argumentado que las colas vertidas no presentan una amenaza porque la mayoría de las descargas mineras están en forma neutralizada e insoluble. Chris Harris, el director del MPI, concede que los niveles de metales y cianuro disueltos están sumamente bajos y se registran dentro de los límites aceptables. Empero, afirma que el río lleva niveles peligrosamente altos de metales en forma de partículas sólidas. “Casi todos los estándares reconocidos de metales pesados establecidos para la protección de la vida acuática se basan en niveles totales, no los niveles de solubles”, dice. “Y esto porque los metales disuelven fácilmente en ciertos medios, tales como terrenos aluvionales, y en otros casos, en los órganos corporales”.
Una última réplica, preferida de los portavoces de PJV, a las denuncias locales acerca de los problemas de salud y las muertes por causas de la mina es la de que los relatos locales son difamaciones. Según dice, uno de los asesores de impacto social de PJV, las causas más comunes de muerte en la comunidad son la hechicería y el veneno.
UN CHOQUE CULTURAL
No obstante, las organizaciones de interés público que están luchando para mejoras en la mina, argumentan que esta respuesta no toma en cuenta los indicadores objetivos de veneno en el río además de la posibilidad que una percepción totémica, aunque sea falsa según las normas científicas del Oeste, es algo real para la gente tradicional de Porgera, y puede tener un impacto verdadero sobre su salud y bienestar. Los pobladores locales otorgan gran importancia espiritual al río Strickland y, en particular, al barranco Strickland.
Los Duna creen que el barranco es el lugar de procedencia de sus antepasados — un grupo conocido como los Heli que también dio lugar a los Huli y a los Hewa de las Sierras Sureñas. Los antropólogos han documentado que el barranco es el hogar de los espíritus poderosos del río, o los “masalai” según la creencia popular regional.
Por lo tanto, el decoloramiento y la contaminación del río en los cuatro años desde el inicio de las operaciones mineras han provocado el temor,literalmente hablando, por su vida, de parte de los pobladores locales. En varias ocasiones, el río, según dicen ellos, ha “cambiado al color de la sangre” y ha emitido “olores hediondos”. Creen que como consecuencia de estos cambios drásticos, se ha trastornado la morada de los espíritus, lo que provoca que abandonen los confines del barranco y causen problemas para los humanos.
Con ejemplos como éste, Shearman y otros argumentan que la transformación intensa de su paisaje espiritual, es en sí causa para que los miembros de las comunidades tradicionales como los Hewa y los Duna hayan sufrido de enfermedades inusuales y muerte.
UN LLAMADO PARA UN CAMBIO
Como resultado del creciente debate sobre Porgera, varias organizaciones no gubernamentales (ONGs) de Australia han exigido una investigación de las operaciones de la PJV, con una revisión del manejo de las colas y una supervisión independiente de los programas de monitoreo de la contaminación, mitigación y compensación pública de la mina. Dichos grupos incluyen la Australian Conservation Foundation (Fundación Australiana para la Conservación), el World Wide Fund for Nature’s South Pacific Program (Programa del Pacífico Sur del Fondo Mundial para la Naturaleza) y la filial australiano de Oxfam, Community Aid Abroad (Ayuda Comunitaria en Ultramar).
Como respuesta, el ministerio australiano de las Islas del Pacífico y de asistencia para el desarrollo en ultramar ha reconocido públicamente la necesidad de una investigación independiente. Queda por ver, si las compañías involucradas en Porgera estarán dispuestas a permitir tal escrutinio público, mucho menos a ceder a las llamadas de los activistas, para que la producción minera sea reducida, para aminorar los impactos hasta que hagan los cambios necesarios. Ian Williams, portavoz de Placer Pacific en Sidney, alega que ignora el compromiso del ministro para realizar una indagación, pero afirma que de seguro la PJV colaborará con cualquier investigación auspiciada por el gobierno.
Sean cuales sean los resultados, la problemática de la minería y de los derechos indígenes no va a desaparecer en un futuro cercano. Las organizaciones ambientales y las agencias de ayuda de Australia están haciendo un llamado para investigaciones y reformas más generalizadas, en vez, de mejoras implementadas mina por mina. Están exigiendo una investigación parlamentaria de las operaciones mineras de todas las corporaciones que son propiedad de, o manejadas por, australianos en la región Asia-Pacífico, y un proceso “para mejorar su comportamiento”.
En particular, las ONGs en Australia han hecho un llamado para que los procedimientos de impacto ambiental y social con fuerza de ley en Australia, sean aplicados por su gobierno a las compañías mineras australianas que operan en el extranjero. La idea es que a todos los departamentos (tales como la Export Finance Insurance Corporation que asegura los capitales australianos en ultramar) tengan que cumplir con los procedimientos de impacto ambiental.
Para los habitantes de Papúa Nueva Guinea, los problemas de la minería peligrosa, no tratan simplemente del uso inapropiado del dinero de los contribuyentes, para subsidiar proyectos peligrosos en el jardín trasero de otros. Todos los días conviven con las consecuencias del hecho de que cada mina que son propiedad de, o manejadas por australianos en su país, siguen descargando sus desechos directamente en el entorno — una práctica ilegal en países como los Estados Unidos y Australia desde hace años .
La plantilla de relaciones comunitarias de la Porgera Joint Venture (PJV) ha negado rotundamente todos los aspectos de las denuncias que aparecen en el “Porgera File” y en otros informes que condenan el manejo de las minas. Un ejemplo es el desacuerdo de PJV en cuanto al número de personas que los ambientalistas calculan fueron afectadas por la mina.
“De ninguna manera hay 7.000 personas directamente afectadas por daños al sistema fluvial, particularmente en el área que el MPI califica como “la zona de sacrificio de 140 km”, afirma Glen Banks, un especialista en asesoramiento de impactos sociales que trabaja para la PJV. “Esta región es uno de los lugares menos poblados en PNG, un país que también cuenta con una baja densidad de población total”.
Chris Harris del MPI rechaza este argumento, explicando que no toma en cuenta la movilidad de la gente en el área. “No todos los que habitan la región viven en las orillas del río, pero dado su estilo de vida, suelen viajar al río y se han visto expuestos a estos riesgos”.
-D.K.
V. EL PROYECTO MINERO BELLAVISTA
I parte: Descripción del proyecto
Resumen preparado por Sonia Torres Arguedas
Coordinadora del Frente Nacional de Oposición a la Minería de Oro
5 de abril del 2000
Consultores y compañías mineras
El plan fue preparado por la consultora Steffen Robertson and Kirsten (SRK) de Denver, colorado. Fue presentado ante la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA) el 17 de setiembre de 1999, por las compañías mineras costarricenses Río Minerales S.A. y Metales Procesados M.R.W.S.A.
Esas dos empresas, son subsidiarias de la compañía minera canadiense Wheaton River Minerals Ltd., y han suscrito entre ellas un Contrato de Explotación Conjunta sobre los derechos mineros otorgados por la Concesión 21-A
Localización del proyecto
El Proyecto Minero Bellavista se localiza en línea recta, a 2 kilómetros al noreste de Miramar de Montes de Oro, en la provincia de Puntarenas.
Componentes del proyecto
El tajo
Tendrá bancos de 6 metros de alto, con taludes de 45 a 47 grados en el Grupo Tilarán y 34 grados en las rocas del Grupo Monteverde y de 30 grados en el sector de la Falla Liz.
Diariamente se van a perforar 60 pozos de 7 metros de profundidad y de 1,5 centímetros de ancho, espaciados cada 4 a 5 metros. Todos ellos se van a cargar de explosivos y se prevé una única voladura en el cambio de turno durante 6 días a la semana.
Cada día se extraerían del tajo 13 mil 800 toneladas de material. De ellos, ingresan en el proceso 5700 toneladas y se depositan en la escombrera 8100 toneladas.
Al sexto año, iniciará la perforación por debajo de los 656 metros sobre el nivel del mar, momento en el cual se habrá perforado el nivel freático o límite del agua subterránea. Esa agua la van a captar en sumideros temporales en el piso del tajo, para bombearla luego a un sedimentador antes de tirarla a algún curso de agua.
La escombrera
La escombrera se ubicaría en la parte noroeste del proyecto, a 1000 metros del tajo y a 500 metros del patio de lixiviación.
La escombrera medirá 24,4 hectáreas y tendrá capacidad para almacenar 15 millones 860 mil toneladas de escombros.
El mineral diario que se acomodará en la escombrera serán 8100 toneladas.
La escombrera tendrá una altura de 105 metros, ya que su base se encontrará a 700 metros sobre el nivel del mar y la parte superior final estará a los 805 metros sobre el nivel del mar, con drenaje hacia el Río Ciruelas y el Río La Rastra.
Los quebradores y los molinos
El edificio del molino será techado y abarcará 1440 metros cuadrados.
El mineral oxidado se minará y procesará primero. El mineral fresco de alta ley lo molerán en tamaño menor de 0,24 milímetros mientras que el mineral fresco de baja ley se triturará a menos de 6,35 milímetros. Ambos minerales se aglomerarían antes de colocarlos en las pilas de lixiviación. Contemplan la adición de cal viva antes de la trituración secundaria para controlar la alcalinidad y la humedad del mineral que se tritura.
El mineral de alta ley se aglomerará con cemento antes de ser apilado.
El patio de lixiviación
El patio de lixiviación tendrá forma irregular y medirá 35 hectáreas y un perímetro de 840 metros, podrá tener 30 capas de mineral de 5 metros de espesor y una altura máxima de 150 metros de altura con capacidad para albergar de 12 a 13 millones de toneladas de mineral, pero en ninguna parte el espesor será mayor de 60 metros.
Se va a construir en dos fases, la primera con capacidad de 6,2 millones de toneladas de mineral se completará a los 4,2 años de producción. La pila iniciará en una elevación de 540 metros sobre el nivel del mar; alcanzará a los 640 metros sobre el nivel del mar en la primera fase y llegaría hasta los 690 metros sobre el nivel del mar en la segunda fase, hasta completar los 150 metros de altura.
El mineral aglomerado será transportado por medio de bandas transportadoras hasta el patio de lixiviación donde se .apilará en un sistema de apilado radial en capas de 5 metros de altura.
Por cada metro cúbico se colocarán 1,6 toneladas de mineral, teniendo capacidad de almacenamiento mínimo de 7,5 millones de metros cúbicos.
Las lagunas para procesar la solución
Se construirán 4 lagunas para el manejo de soluciones del proceso y aguas de lluvia, con capacidad prevista de 102 millones 211 mil litros de solución. ,
• una laguna de solución rica: con capacidad de 8 millones de litros
• una laguna de solución intermedia: con capacidad de 7 millones 495 mil litros
• una laguna de solución estéril: con capacidad de 17 millones 710 mil litros
• una laguna de solución en exceso: con capacidad de 68 millones 953 mil litros, que es para el almacenamiento de agua, uso de emergencia y dilución de soluciones antes de la descarga.
“Las lagunas de solución se cubrirán con un sistema compuesto consistente en dos capas de revestimiento de HDPE de 1.5 mm (60 mil) separadas por una geo membrana sintética.”
La planta de recuperación de oro,
o planta de ADR (recuperación por adsorción-disorción
La planta de recuperación de oro se instalará cerca de las lagunas de proceso y funcionará las 24 horas del días de los 365 días del año.
La planta de recuperación de oro ocupará una área de 700 metros cuadrados.
La planta consiste en un sistema de columnas que contienen carbón que puede absorber el oro disuelto por el cianuro a razón de 1150 onzas de oro por semana y 1900 onzas de plata.
Una vez que la columna de carbón contiene 5 kilos de oro, lo cual ocurriría cada día de por medio, el carbón se raspa y se utiliza nuevamente una solución de cianuro caústico calentado para redisolver de nuevo el oro y colocar en unas celdas que contienen unos cátodos en los que va a quedar el oro adherido, antes de ser fundido en un pequeño horno, formando el doré o barra de oro no refinado.
El flujo de ingreso de solución a la planta tendrá dos ciclos de lixiviación primaria y secundaria, cada uno con flujo de 320 mil litros por hora.
El relleno sanitario
Planean construir para los desechos no tóxicos y no lixiviables a través de un relleno sanitario que consistirá en zanjas cortadas por tractores, de 6 a 8 metros de profundidad y hasta 50 metros de largo. Periódicamente compactarán el material, lo quemarán y recubrirán con tierra para disminuir la posibilidad de que la basura sea arrastrada por el viento.
Otras edificaciones
Entre otras edificaciones señalan:
• 390 metros cuadrados para laboratorio de ensayo: preparación de muestras, ensayos de laboratorio, oficinita, sanitarios y vestidor
• 340 metros cuadrados para taller de matenimiento
• 250 metros cuadrados para oficinas: donde albergarían la administración, la gerencia de operaciones, los departamentos de operaciones, mantenimiento, ingeniería, geología, topografía, servicios técnicos, medio ambiente, salud y seguridad y relaciones públicas, contabilidad y compras.
• 240 metros cuadrados para la bodega
El cianuro
“La solución en exceso que contiene cianuro se tratará con un reactivo oxidante antes de descargarse en el medio ambiente.”
Áreas del proyecto
Área de Influencia Indirecta: (AII) 6 mil 172 hectáreas (área de la Cuenca del Río Ciruelas)
Área de Influencia Directa: (AID) 473 hectáreas (área que rodea al área del proyecto (AP). Son áreas cubiertas por bosques primarios y secundarios con diferentes etapas de sucesión y por áreas utilizadas para producción agropecuaria.
Área del proyecto (AP): 172 hectáreas (área de los componentes principales y las áreas de alteración potencial). Área cubierta por potreros y charrales.
Área de construcción: 105 hectáreas (área incluida dentro del AP)
Reservas y Producción
Total de Reservas minables: 11,2 millones de toneladas de mineral
Mineral procesado anual: 1,2 millones de toneladas de mineral por año y 1,62 millones de toneladas de mineral, a partir del tercer año.
Mineral procesado diario: 5700 toneladas
Mineral desechado diario. 8100 toneladas
Ley del mineral: 1,54 gramos de oro por tonelada de mineral procesado
Producción de oro: 555 mil 072 onzas de oro 436 mil onzas de oro , razón de 60 mil onzas por año durante 7,3 años de vida de la mina
Duración del proyecto
Fase de ingeniería detallado: 6 meses
Fase de construcción: 13 meses
Fase de operación: 8 años, operando 282 días al año
Fase de recuperación y cierre: 2 años
Fase de monitoreo Post-cierre: 2 años
Total de Vida total del proyecto: 11 años ( sin incluir la fase de monitoreo Post-cierre.
Empleos generados
El proyecto generaría 168 empleos locales y 67 empleos para el resto de Costa Rica o Centroamérica. Esperan que a nivel de Miramar se produzca un crecimiento y desarrollo de negocios lo cual beneficiaría con 170 empleos indirectos.
Usos de agua y energía eléctrica
Cuantifican las siguientes necesidades de agua:
• 4 millones 200 mil litros mensuales de agua para la pila de lixiviación, a razón de 380 mil litros por día en caudal de 1,7 litros por segundo
• 30 m3 /hora, en caudal de 8,3 litros por segundo para reponer agua en el molino y para suprimir el polvo en la trituradora
• 50 mil litros diarios de agua potable durante la construcción y 30 mil litros diarios durante la operación de.
El consumo eléctrico será de 1 millón 580 mil kW-hr mensual para el suministro de energía en la planta de recuperación de oro, las bombas de solución de proceso, el molino, la trituradora, el transporte, la iluminación, el equipo de oficina, laboratorio y almacén.
VI. PROYECTO MINERO CRUCITAS
PERMISO DE EXPLORACIÓN MINERA 7339
La solicitud inicial del permiso de exploración fue presentada el 30 de agosto de 1991 por Maurice Eugene Coates, geólogo canadiense, representante de la empresa Vientos de Abangares Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-091361-006. Los minerales a explorar eran oro, plata y metales asociados durante un plazo de 3 años.
El 3 de febrero de 1992, el geólogo Luis Chavarría recomendó continuar con los trámites de los expedientes 7334, 7335, 7336, 7337, 7338, 7339 y 7340 y sobre una área total de 14 mil hectáreas, ya que era “necesario conocer el potencial minero de estas zonas.” Señaló el geólogo en ese momento, que “en la zona de Nicaragua hay mucho potencial minero en este caso Oro y Plata que se está explotando actualmente con gran interés y la distancia existente entre estos yacimientos y los que se piensan explotar aquí es de 30 Km. y por eso es importante que geólogos de la compañía antes citada exploren para comprobar si esos yacimientos se prolongan a nuestro territorio”
El permiso de exploración 7339 fue otorgado por el Ministerio de Recursos Naturales, Energía y Minas, mediante resolución R-185-93-MIRENEM del 07 de junio 1993, que salió publicada en la Gaceta No. 146 el 3 de agosto de 1993 . Considerando que el plazo de exploración se establecía a partir del momento de aprobación del Estudio de Impacto Ambiental, éste sería del 1 de octubre de 1993 al 1 de octubre de 1996.
La Comisión Interinstitucional de Evaluación y Control de los Estudios de Impacto Ambiental, mediante artículo III de la Sesión 163 del memorándum PC-EIA-838-93, aprobó el Estudio de Impacto Ambiental y su anexo. La principal recomendación fue depositar la basura en sitios que no afectaran el nivel freático, en un hueco impermeabilizado; también se establecía una garantía de cumplimiento de ¢100.000 durante el primer año de operaciones.
El 17 de enero del 2000 el Frente Nacional pidió formalmente ser parte del expediente 7339 a partir del folio 354, último consultado; a partir de este momento, semanalmente se consulta el expediente, pero “aún no el Estado no hace pública la solicitud sobre la concesión, que se presentó desde el 13 de diciembre de 1999, según informes obtenidos en internte.
FINCAS AFECTADAS
El área del permiso de exploración corresponde a 2000 hectáreas. En cumplimiento parcial con lo establecido en el artículo 72, inciso f) del Código de Minería, la empresa únicamente pudo reportar el nombre de 19 propietarios que abarcaban aproximadamente 1000 hectáreas, dentro de las áreas sujetas a exploración.
Cuadro 1 Datos sobre los dueños, fincas y áreas sujetas a exploración minera
FINCA ÁREA (ha) DUEÑO
170907-000 84,160315 Ganadera San Vicente S.A.
170873-000 30,946724 Bertalia Hernández Peraza
170871-000 46,141969 Óscar Fredy Rodríguez Arroyo
170917-000 4817,6060 Dulce María Quesada Alvarado
173119-000 121,406750 Enelse Ramírez Bejarano
173117-000 11,841970 René Carmona Campos
170935-000 54,702965 Reforestaciones y Transportes Rodríguez Araya S.A.
271888-000 61,305265 Reforestaciones y Transportes Rodríguez Araya S.A.
170025-000 0,290093 María del Carmen Cruz Ramírez
170947-000 73,237420 Javier Rojas Jiménez
170943-000 42,469740 Francisco Javier Alfaro Bolaños
184775-000 90,309900 Aserradero El Carmen S.A.
184509-000 45,954300 Jorge Amado Rodríguez Céspedes
178855-000 42,541204 Fidel Domingo Rodríguez Céspedes
184277-000 126,991200 Luis Carlos Vargas Porras
172827-000 21,446500 Eduardo Arce Potoy
175733-000 53,458300 Norman Díaz Araya
175127-000 3,667858 Julio Sánchez Quesada
172931-000 40,469300 Norman Esquivel Gamboa
TOTAL 999,517833
PLACER DOME DE COSTA RICA S.A.
El 2 de febrero de 1995 José Alberto Jiménez Cordero certificó que la totalidad del capital social de Vientos de Abangares Sociedad Anónima, pertenecía a la sociedad Placer Dome de Costa Rica, cédula jurídica 3-101-127121, cuyo presidente era en ese momento William Earl Threlked, geólogo estadounidense y tenía como tesorero a Robert Pease geólogo de origen canadiense, a partir del 27 enero de 1995.
El 15 de noviembre de 1995 Juan Carlos Hernández Jiménez certificó que la totalidad del capital social de Placer Dome de Costa Rica Sociedad Anónima, pertenecía a la Placer Dome Latin America Limited, teniendo como apoderados a los señores William Earl Trhrelked estadounidense y Robert Bruce Pease, canadiense.
En esa misma fecha, mediante escritura pública 21-3 suscrita ante Juan Carlos Hernández Jiménez, la sociedad Vientos de Abangares Sociedad Anónima, subsidiaria de Placer Dome de Costa Rica S.A. cedió y traspasó el permiso de exploración 7339 a Placer Dome de Costa Rica S.A.
Esa cesión y traspaso de derechos se amparó en los artículos 15 y 18 del Código de Minería y fueron justificadas legal, técnica y administrativamente dentro del Estudio de Conveniencia para el Estado. La solicitud fue autorizada por José Francisco Castro, Director de Geología y Minas mediante memorándum DGM-OD-032-96 del 18 de enero de 1996 y fue resuelta favorablemente por el Ministerio del Ambiente y Energía a través de la Resolución DGM-RNM No. 222 del 25 de enero de 1996.
Resultó interesante la actitud de algunos funcionarios públicos que llegaron a considerar que “en esta Dirección se tiene conocimiento de la capacidad económica y profesional de la Empresa Placer Dome de C.R.”
Para el 14 de mayo de 1996, Juan Carlos Hernández Jiménez certificó que “la totalidad de acciones de Placer Dome de Costa Rica S.A. pertenecían a la sociedad Placer B – CR Limited”
El 13 de noviembre de 1996 Juan Carlos Hernández Jiménez certificó que Carl Gagnier era tesorero con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de Placer Dome de Costa Rica. Asimismo indicó que Franz Ulloa Chaverri, Álvaro Atilano Medina y Jesús Jiménez Carvajal eran Apoderados Generales limitados a 50 mil dólares estadounidenses, de la misma firma.
A partir de marzo de 1998, Placer Dome Latin América LTD., inició el proceso de venta de su proyecto en Costa Rica, proceso que culminó el día 4 de febrero de 1999, fecha en la cual se firmaron los contratos de venta del proyecto minero con la empresa canadiense Lyon Lake Mines Ltd., a través de la venta de las acciones de Placer Dome de Costa Rica.
INDUSTRIAS INFINITO SOCIEDAD ANÓNIMA
El 3 de marzo de 1999 se reportó la reforma de la cláusula primera de los estatutos de la sociedad Placer Dome de Costa Rica, “modificando la razón social de la misma, siendo su nueva razón social la siguiente: INDUSTRIAS INFINITO SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula jurídica número 3-101-27121.”
En esa misma fecha se pidió que “se tenga a INDUSTRIAS INFINITO S.A. como titular del Permiso de Exprotación ? Minera”. Hecho que es aceptado por la Dirección de Geología y Minas mediante la resolución Nº 698 del 7 de mayo de 1999, notificada el 17 de mayo de 1999.
PARTICIPACIÓN MUNICIPAL
La primera intervención municipal ocurre en el momento en que el señor Rodolfo Retana de la Municipalidad de San Carlos en 2 oportunidades, 27 de junio y 4 de setiembre de 1996, indicó que “no era necesario obtener Patente Municipal para oficinas y proyectos de exploración.”
Mediante oficio DGM-OD-407-99, José Francisco Castro pidió que se incorporaran al expediente 7339 los oficios DM-1031-99 de la Municipalidad de Liberia, el SG-767-96 del 17 de setiembre de 1996 de la Municipalidad de Sarapiquí y el SM-1294-95 del 14 de setiembre de 1995 de la Municipalidad de San Carlos, con instrucciones expresas de Elizabeth Odio Benito, Ministra del Ambiente y Energía.
Esos acuerdos municipales establecían lo siguiente:
“que este concejo municipal en firme se oponga rotundamente a la exploración y explotación de depósitos metálicos a cielo abierto y subterráneo en Las Lilas, Cañas Dulces y en cualquier área de la jurisdicción de nuestro cantón solidarizándonos y apoyando los acuerdos tomados por las municipalidades de Puntarenas, Montes de Oro y Abangares…” (moción 1, inciso 1, Sesión Ordinaria Nº 75-98 del 2 nov 1998, Oficio AM-028-98)
“Una vez escuchada la exposición del señor Olman Montero Molina, se acuerda por unanimidad, apoyar en sus gestiones, al Comité de Oposición al desarrollo de actividades de Minería de oro a cielo abierto en Costa Rica, particularmente, en la Zona Norte del país.” (Sesión Ordinaria Nº 71, 16 setiembre 1996, Oficio SG-767-96)
“que no se concedan permisos de concesión para explotar minas en Las Crucitas de Cutris de San Carlos, esto por los daños ecológicos y sociales que traerá a esta región. No puede ser posible que se permita la destrucción de nuestra flora y fauna a cambio de una limosna que a fin de cuentas es lo que le quedará a nuestro país.” (Acuerdo Nº 5, Acta Nº 90, 11 setiembre de 1995, Oficio S.M. 1254-95)
PRÓRROGAS
El 17 de setiembre de 1996, con base en el artículo 23 del Código de Minería y el artículo 14 de su Reglamento, Placer Dome de Costa Rica Sociedad Anónima solicitó una Prórroga de Plazo del Permiso de Exploración por un período de 2 años.
El geólogo Luis Chavarría recomendó otorgar la prórroga indicando que se debía delimitar la forma y las dimensiones del depósito, hacer una estimación confiable del depósito y establecer las instalaciones fuera de áreas de importancia aurífera.
Mediante Resolución # 4085 del 15 de noviembre de 1996, notificada el 18 de noviembre, se concedió la prórroga solicitada.
El 20 de febrero de 1998, la empresa solicitó se prorrogara el plazo del permiso de exploración hasta el 24 de octubre de 1999, pidiendo a su vez que se tuviera por suspendido el plazo de la prórroga otorgada desde el 14 de marzo de 1997 hasta el 20 de febrero de 1998 debido a que las labores de exploración suspendidas por SETENA, como causa ajena a la voluntad de ellos, les había imposibilitado de ejecutar las labores de exploración, resultando que esa suspensión les impediría “cumplir con los compromisos adquiridos en el Programa de Exploración y sus anexos.
El 2 de abril de 1998, mediante resolución Nº 193, se prorrogó el plazo del permiso de exploración hasta el 18 de setiembre de 1999.
RECURSOS LEGALES
La Placer Dome de Costa Rica Sociedad Anónima presentó un recurso de aclaración de la resolución Nº 4085 del 15 de noviembre de 1996 sobre los siguientes aspectos:
• presupuesto de inversión de mil 200 millones de colones fue estimado y no mínimo
• los cambios efectuados al Programa de Exploración original contaron con la autorización al ser aprobados los Informes Semestrales de Labores
• pide aclaración sobre la recurrencia de inspectores externos de reconocida capacidad
• pide aclaración sobre el término Diagnóstico Ambiental
• pide definir los lineamientos que la SETENA establece
• pide indicar aspectos que se deben incluir en el Estudio de Factibilidad
• pide interceder ante Raúl Solórzano para que defina los trámites y los requisitos del permiso para la preparación de las plataformas de perforación
El 14 de noviembre de 1996 la Directora General de Geología y Minas, Marlene Salazar en Memorándum DGM-OD-630-96 llamó la atención a la empresa, de conformidad con los artículos 24 y 62 del Código de Minería, ya que se habían “realizado mayor cantidad de actividades que las autorizadas en el proyecto de exploración; no constando en el expediente administrativo la solicitud expresa para llevar a cabo esas actividades extras”
El 6 de febrero de 1997, mediante resolución No. 276, la Dirección de Geología y Minas aclaró los aspectos que inquietaban a la empresa, siendo notorio los siguientes aspectos:
• Monto mínimo de inversión: “el Estado acepta como condición para el otorgamiento de la prórroga que el monto de 1,200,000,000.00 sea una inversión mínima, siendo necesario además que se… deben desglosar las actividades físicas” (considerando 1)
• Sobre actividades no contempladas fuera del permiso de exploración: es obligación del permisionario “cumplir con el programa de exploración propuesto y aprobado por la Dirección de Geología y Minas, y que cualquier modificación al mismo debe ser previamente sometida a la revisión y ulterior aprobación de la Dirección.”
• Diagnóstico Ambiental: “la descripción ambiental, biológica, social y antropológica, y la determinación de la condición del medio ambiente de área del proyecto y su área de influencia. Debe establecer además el diagnóstico integrado de forma gráfica de ese ambiente y ubicar el proyecto en ese contexto.”
• Plan de Construcción: como “parte de la inversión inicial, de manera que sí se debe incluir en el Estudio de Factibilidad.” En este “ se debe contemplar todos aquellos datos que le permitan al Estado una evaluación apropiada de la distribución y potencial uso de los recursos.”
• Permisos forestales: “No es competencia de la Dirección de Geología y Minas, el trámite ni establecer los requisitos para un permiso forestal, debiendo el interesado, en este caso la sociedad Placer Dome de Costa Rica, acudir a la Dirección competente para tal efecto.”
• Cambios no contemplados: “El desarrollo de los trabajos de exploración minera, se han incrementado en la zona, “...modificando incluso la metodología planteada…” originalmente en el Estudio de Impacto Ambiental aprobado para el expediente No. 7339, siendo necesario que se actualicen esos cambios “
El 12 de febrero de 1997, la Placer Dome de Costa Rica Sociedad Anónima presentó un recurso de revocatoria y subsidiariamente de apelación en contra de la resolución Nº 4085 del 15 de noviembre de 1996 sobre el considerando Nº 7 en relación con las inversiones mínimas de un monto de 1,200,000 vistas por el Estado como monto mínimo de inversión, ya que “no se le pueden imponer nuevas obligaciones, no contempladas en el título de otorgamiento del permiso de exploración, mediante la resolución que otorga la prórroga del plazo”.
El 13 de marzo de 1997, mediante resolución Nº 174-97-SETENA se ordenó “que se paralicen todas las labores de exploración que realiza la mencionada empresa en las áreas de bosque de la concesión 7339”. Además se contemplan los siguientes aspectos:
• se otorgó plazo de 3 meses para desarrollar e implementar todas las medidas de mitigación y compensación
• se debe iniciar un proceso de cuantificación del daño ambiental que deberá estar sujeto a una auditoría ambiental externa para avalar esa valoración
• establecer y readaptar las condiciones de trabajo y operación para los planes de exploración de todas las concesiones de exploración de la empresa
• establece monto de garantía ambiental de $250 mil dólares en función del área total afectada, a razón de $ 2500 por hectárea, otorgando 15 días de plazo para el depósito de la misma
• ordena la conformación de una Comisión de Monitoreo y Supervisión de las actividades mineras de la Placer Dome en el norte de Costa rica para velar por los compromisos ambientales adquiridos, con representación del estado, la empresa y la sociedad civil
• advierte que el no acatamiento de las disposiciones en los plazos establecidos se considerará un irrespeto a los artículos 19 y 20 de la Ley Orgánica del ambiente y se expone a las sanciones correspondientes.
El 20 de marzo de 1997, la empresa minera presentó un Recurso de Amparo contra la Secretaría Nacional Ambiental, argumentando que la resolución Nº 174-97-SETENA del 13 de marzo de 1997, violentaba los principios constitucionales de Defensa y Debido Proceso, pidiendo a su vez que se suspendieran los efectos de la resolución.
El 30 de mayo de 1997, a través del Voto Nº 0219-197 la Sala consideró “que lo procedente es ordenar el mantenimiento de la ejecución del acto impugnado hasta que la Sala resuelva el fondo de este asunto.”23
El 19 de junio de 1997, la geóloga Lilliam Arrieta mediante oficio DGM-DC-302-97 del 30 de mayo de 1997 aceptó el informe presentado como respuesta al punto 15A de la Resolución 4085 “considerando únicamente los aspectos técnico-geológicos.” A su vez recomendó el trasladó del expediente a la SETENA para que revisaran “los aspectos ambientales que contiene y que la parte financiera sea estudiada por un especialista en la materia.”
Con fecha 10 de marzo de 1998, Diana Murillo Murillo presentó un Recurso de Amparo contra el Ministerio de Energía y Minas de Costa Rica (MINAE) con el fin de hacer cumplir en su totalidad el Convenio Internacional denominado: Convenio para la Conservación de la Biodiversidad y Protección de Áreas Silvestres Prioritarias en América Central, firmado por Costa Rica el 05 de junio de 1992 y aprobado mediante la Ley Nº. 7433 del 14 de setiembre de 1994, ya que la exploración minera incluía terrenos comprendidos en el denominado Sistema Internacional de Áreas Protegidas para la Paz. Se solicitaba en ese recurso de amparo copia exacta de los expedientes mineros 7339, 7356, 7336 y 7560 entre otros, así como la paralización inmediata de las labores de exploración dentro del Proyecto Ambiental SIAPAZ´, spidiéndose además prohibir la explotación de minerales en la Zona Norte de Costa Rica bajo la técnica a cielo abierto.
El 22 de julio de 1998, mediante la resolución 05315-98, la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia declaró sin lugar el recurso presentado por Diana Murillo Murillo. Fundamentó la resolución la Sala IV en tres aspectos medulares :
• el recurso de amparo procede cuando se trate de una amenaza o quebranto directo y grosero de carácter apremiante, ya que las diligencias que requieren pruebas lentas y complejas no son competencia de la Sala IV
• el Convenio para la Conservación de la Biodiversidad y Protección de Áreas Silvestres Prioritarias en América Central, que crea el Sistema Internacional de Áreas Protegidas para la Paz (SIAPAZ) carece de vigencia jurídica
• el Convenio para la Conservación de la Biodiversidad y Protección de Áreas Silvestres Prioritarias en América Central, aprobado por ley Nº 7433 del 14 de setiembre de 1994, tiene una vigencia posterior al otorgamiento de los permisos cuestionados
• no se ha demostrado que se estén provocando daños al ambiente, razón por la cual no se puede considerar la infracción del artículo 50
• el MINAE demostró que no se había negado acceso a los expedientes
El 9 de enero de 1998, mediante resolución Nº 001-98-SETENA, se levantó la sanción de paralización de la concesión 7339 para que se pudieran continuar con las pautas establecidas por la SETENA. Entre las medidas de mitigación y recuperación estuvieron:
• colocación de alcantarillas y construcción de cunetas en los caminos en uso
• colocación de alcantarillas y estabilización de taludes con retenes o presas de erosión, dispersión de gramíneas y condenación del camino en caminos en desuso
• rellenado y sellado de pozos de perforación con bentonita y tapón de concreto
• construcción de canales para desvío de agua, colocación de barreras o retenes, colocación de barreras vivas y dispersión de gramíneas y condenación del área en las plataformas de perforación
• labores de reforestación
• se depositó el 20 de mayo de 1997 250 mil dólares de garantía ambiental
• funcionamiento de la Comisión de Monitoreo y Supervisión de las labores de Placer Dome a partir del 18 de setiembre de 1998
Como medida de compensación se establecieron:
• la compra y donación de 90 hectáreas para el Sistema Nacional de Áreas de Conservación
• financiamiento del Proyecto de Elaboración de las Hojas de Ordenamiento Ambiental (IFAS) a la UCR
A partir de ese momento, mediante el documento “Pautas Ambientales y Procedimientos de comunicación entre Placer Dome de Costa Rica y la SETENA durante la ejecución de proyectos de exploración intensiva”, se establecieron las condiciones de trabajo y operación para los planes de exploración que desarrolla la empresa en todas las áreas concesiones donde se estén dando labores en el momento.
El 29 de setiembre de 1999, la compañía Río Minerales Sociedad Anónima (?) cédula jurídica 3-101-29979, pidió que se aclarara el fundamento legal de la Resolución de este Despacho, numero 1567 del 13 de setiembre, en la que se establecía la obligación de cancelar ¢823844,21 de reajuste del Canon Anual de Superficie.
El 1 de noviembre de 1999, mediante resolución Nº 1759, notificada el 13 de diciembre de 1999, la Dirección de Geología y Minas resolvió que la solicitud se hizo con fundamento en los artículos 24 y 62 del Código de Minería e Informe de la Contraloría General de la República # 90-98.
ESTUDIOS DE IMPACTO AMBIENTAL
El 16 de junio de 1993 la empresa presentó la Declaración de Impacto Ambiental para exploración, conforme a lo establecido en los artículos 101 y siguientes del Código de Minería y 34 y siguientes de su Reglamento.
Mediante memorándum PC-EIA-737-93 la Comisión Interinstitucional de Evaluación de los Estudios de Impacto Ambiental rechazó parcialmente el estudio, pidiendo explicar criterios para la selección de los basureros. Otorgaron 30 días de plazo a partir del 20 de setiembre de 1993.
Según resolución Nº 181 del 3 de setiembre de 1993, el Ministerio de Recursos Naturales, Energía y Minas rechazó el Estudio de Impacto Ambiental y pidió un anexo para que se aclarara el esquema de letrinas, fosas sépticas con drenajes y se explicaran los criterios para escoger los lugares de depósitos de basuras. Posteriormente, mediante la resolución DGM # 190 del 30 de setiembre de 1993, notificada el primero de octubre de 1993, se aprobó el Estudio de Impacto Ambiental.
La empresa Industrias Infinito Sociedad Anónima aún no presenta el Estudio de Impacto Ambiental (E.I.A.) para explotación; sin embargo, se reportan los estudios de Línea Base que serán utilizados en el E.I.A. La presentación de este estudio se haría ante las Oficinas de la Secretaría Técnica Nacional Ambiental, una vez se tenga obtenida la concesión de explotación, en la Dirección de Geología y Minas.
ASPECTOSCNICOS DE RELEVANCIA
Según memorándum DGM-DPD-011-95, suscrito por Enid Gamboa , con base en visita realizada del 7 al 10 de marzo de 1995 se observaron los siguientes aspectos.
• Yacimiento es un depósito epitermal “cuarzo-adularia” con estructuras mineralizadas de Norte a Sur
• mena se origina en una brecha de intrusión con matriz rica en óxidos de hierro donde se concentra preferencialmente el oro y riolitas
• adicionalmente aparecen vetas de cuarzo de hasta 20 cm con altos contenidos de oro
• superficialmente son pocos los afloramientos minerales, existe una gruesa capa de meteorización de hasta 15 metros de espesor que cubre prácticamente todo
El 2 de octubre de 1995, mediante memorándum DGM/DC-588/95, la geóloga Lilliam Arrieta recomendó la construcción de lagunas de sedimentación debido a lo extenso del programa de perforaciones. El área de exploración intensa se dio en los sectores Fortuna y Botija en una área de 15,9 hectáreas.
El 16 de setiembre de 1998, mediante la resolución Nº 663 del 10 de setiembre de 1998 , y con base en el memorándum DGM-PJ/126-98 del 31 de agosto de 1998, emitido por el geólogo José Luis Sibaja Herrera, se pidió que se tuvieran como probadas las reservas y no como inferidas, ya que se habian “perforado 257 pozos con un metraje aproximado de 35.000, se densificó a 25 m por 25 m.”
Según memorándum DGM-DC-735-99 del 24 de setiembre de 1999 se tiene que la empresa que realizó el estudio de prefactibilidad de Placer Dome S.A. fue Cambior Inc., que calculó las reservas medidas e indicadas utilizando “el algoritmo de la distancia cúbica inversa por lo que define mejor las zonas más ricas en el depósito.” Ellos han estimado la explotación de 45,5 millones de toneladas de minerales con una ley de 1,40 gramos de oro y 4,04 de plata por tonelada; estiman extraer 2,1 millones de onzas de oro. Se llevaron a cabo 3 métodos:
• métodos de Concentración: quebrado, molienda, espesado
• métodos de Reducción-Hidrometalúrgico: lixiviación-carbón en pulpa y cianuración
• métodos de Refinación
Con base en la resolución Nº 1760 del 1 de noviembre de 1999, notificada el 13 de diciembre de 1999, se comunicó el memorándum DGM-DC-735-99 suscrito por la geóloga Sofía Huapaya . Entre los principales puntos estaban:
• la empresa Cambior Inc. revisó el estudio de prefactibilidad de Placer Dome hechos por la Placer Dome desde diciembre de 1996 hasta noviembre de 1998. Cambior no hizo ninguna investigación adicional ni verificó la información obtenida
• los sectores de interés fueron Fortuna, Botija, Fuentes de Crucita
• usaron información obtenida en 261 pozos de diamantina y 83 pozos Trado
• estimaron 1,40 gramos de oro por tonelada y 4,04 gramos de plata por tonelada para un total de 2,1 millones de onzas de oro
• la explotación se haría mediante tajos o cielo abierto
• se disminuyeron las dimensiones de la laguna de colas
CONCESIÓN DE EXPLOTACIÓN MINERA
De acuerdo con información suministrada por la empresa minera, el 20 de setiembre y 22 de noviembre de 1999, en el XII Informe Semestral de Labores y su anexo respectivamente, considerados como los informes correspondientes al último período del permiso de exploración, las labores se basaron en la culminación del Estudio de Factibilidad del Proyecto Crucitas, que sería presentado a la Dirección de Geología y Minas junto a la solicitud de Concesión de Explotación.
A partir de la información obtenida a través del internet, la solicitud del permiso de concesión de explotación se presentó el día 13 de diciembre acompañado del Estudio de Factibilidad del Proyecto Crucitas, tal y como se había anticipado de parte la empresa minera”. Se está considerando una extracción mínima de “un millón de onzas de oro en aproximadamente 12 años, para una producción anual promedio para los primeros cuatros años de 100 mil onzas de oro con un costo de producción de al menos 160 dólares por onza. La propuesta hecha está basada en un precio de oro de 325 dólares por onza.
Sobre este hecho llaman la atención tres aspectos:
• la actitud del Estado, porque se mantienen “desactualizados” los expedientes dejando en clara indefensión a las comunidades; téngase en cuenta que en la Dirección de Geología y Minas, ya que en la última consulta del expediente 7339, hecha el 14 de enero del 2000, no consta ninguna solicitud
• la actitud de la Empresa Minera, que expresa un “optimismo” inusual, ya que Presidente y Director Ejecutivo de Lyon Lake dice estar confiando en obtener el permiso por el tipo de leyes costarricenses y porque actualmente “el país está más abierto a los proyectos mineros, ya que otras dos compañías han obtenido permiso en el último año”
• las variaciones en los estimados de oro: según los datos obtenidos en el internet, se establece una cantidad mínima de oro de un millón de onzas de oro; sin embargo, no se descarta que esa cantidad sea mayor, de acuerdo con los reportes hechos en los informes semestrales de exploración minera. En esos reportes, se esperaría extraer 2,1 millones de onzas de oro, cifra que se asemeja a la reportada por la empresa minera en la página webb, el 25 de noviembre, cuando reportó un total 1 millón 946 mil onzas de oro en la categoría de reservas inferidas e indicadas.
PROYECTO MINERO CONCHUDITA
Conchudita es otro sitio de exploración minera de interés para la empresa Lyon Lake Mines Ltda. En ese sitio se tiene el reporte de reservas por 470 mil 805 onzas de oro en la categoría de reservas inferidas.27 Se considera que el Proyecto Minero Conchudita es fundamental para las expectativas comerciales de la empresa minera, ya que es fundamental para la expansión de la mina para abaratar costos de operación, que les permitan reducir los costos, sobre todo en este momento de precios bajos del oroy máxime cuando el escenario del Estudio de Factibilidad en el que se fundamenta la solicitud de explotación, se basó en un precio de oro de 325 dólares por onza.35
El 14 de enero del 2000, Industrias Infinito solicitó una Suspensión del Plazo del Permiso de Exploración, por un período de dos años a partir del día 29 de enero del 2000. Esta solicitud la fundamentó como “consecuencia de que para continuar con la etapa de perforación es necesario proceder a la apertura de caminos y la habilitaciòn de plataformas para las máquinas, en áreas cubiertas por árboles”; dicho permiso no lo han podido obtener ya que el Área de Conservaciòn Arenal “resolvió no autorizar la corta de los árboles por considerar que los árboles a cortar se ubican en terrenos que conforman el patrimonio natural del Estado.” Pese a que la empresa ha presentado recursos de revocatoria y apelación la disposiciòn del MINAE se mantiene; razón por la cual la empresa inició los trámites necesarios para presentar la Información Posesoria.
El 13 de abril del 2000, Industrias Infinito Sociedad Anónima concluyó ante el Estado que ellos no cumplirían con la obligación de presentar Informes Semestrales, por cuanto habían concluido “que no debemos proceder a la presentación del Informe Semestral de Labores correspondiente al período de setiembre 1999 a marzo 2000”, por haber presentado una “solicitud de suspensión de labores por un período de dos años”.
BIBLIOGRAFÍA
DIRECCIÓN DE GEOLOGÍA Y MINAS. REGISTRO MINERO. Expediente Nº 7339 de Permiso de Exploración. Tomos I y II. 354 p.
DIRECCIÓN DE GEOLOGÍA Y MINAS. REGISTRO MINERO. Expediente Nº 7349 de Permiso de Exploración. Tomos I y II. 354 p.
LYON LAKE MINES LTD. Lyon Lake Mines formally aplies for an exploitation permit for the Crucitas deposit in Costa Rica. Latest News. Releases and Reports, http://micro.newswire.ca/releases/December1999/14/ c3888.html/1445-0. 1p.
MURILLO MURILLO., DIANA. Recurso de Amparo. 10 de marzo de 1998. 12 p
MURILLO MURILLO., DIANA. Respuesta a la Sala IV de oficio del 13 de mayo de 1998. Expediente 98
001742-0. 19 p
SALA CONSTITUCIONAL. Resolución 05315-98 sobre Recurso de amparo interpuesto por Diana Murillo Murillo, contra el Ministerio de Recursos Naturales, Energía y Minas. 22 julio 1
6.1. Proyecto Crucitas cambia de manos
(SeMueve: 26-06-00).
El pasado 17 de mayo, la minera canadiense Vanessa Ventures adquirió los derechos mineros de del Proyecto Crucitas a Lyon Lake Mines. Así lo anunciaron en Internet ambas empresas. (Ir a comunicados de prensa: Vannessa Ventures — Lyon Lake Mines).
Vanessa Ventures, que tiene operaciones de explotación de oro y diamantes en Sur América, adquirió 17 mil 600 hectáreas en la región Huetar Norte. La compra posiblemente implicará traspasar la sociedad Industrias Infinito S.A., propiedad de Lyon Lake Mines.
En un comunicado de prensa publicado el pasado 5 de junio, El Frente Nacional de Oposición a la Minería de Oro solicitó al gobierno que no se autorice la cesión y traspaso de derechos mineros a Vannessa Ventures, “hasta que Lyon Lake Mines haya cumplido con todos los compromisos ambientales pendientes en Costa Rica”. La minera canadiense también es propietaria de Novontar S.A., empresa titular de la concesión de explotación de la mina Beta Vargas, ubicada en Puntarenas.
Esa mina comenzó a operar en septiembre del 97 sin contar con los permisos municipales. “Ellos tuvieron que cerrar nueve meses después, por varias razones y en este momento no han realizado ninguna recuperación tal como lo establecen los compromisos ambientales. Entonces ahorita estamos pidiéndole al gobierno que no se permita ningún traspaso hasta que la empresa no haya asumido los compromisos ambientales”, señaló Sonia Torres, del Frente Nacional de Oposición a la Minería, manifestó el pasado 3 de junio.
De mano en mano
El proyecto minero Crucitas comprende varias concesiones de exploración en San Carlos, a escasos kilómetros del Río San Juan. Allí se han encontrado dos concentraciones de oro: una en las cercanías de la comunidad de Crucitas y otra en Conchudita.
Este proyecto Crucitas ha pasado de manos en varias ocasiones. En 1994 fue adquirido por la transnacional Placer Dome al geólogo Maurice Eugene Coates, propietario de una firma costarricense de consultores en geología.
En 1998, después de una campaña de oposición protagonizada por grupos y comunidades de la zona norte, y en medio de una baja internacional en los precios del oro, Placer Dome anunció la venta del Proyecto Crucitas.
Según indagaciones de Frente Nacional de Oposición a la Minería, el día 4 de febrero de 1999, Placer Dome traspasó el proyecto a la empresa, Lyon Lake Mines Ltd., también canadiense, a través de la venta de acciones de Placer Dome de Costa Rica. Esta última modificó su razón social el 3 de marzo de 1999, fecha a partir de la cual se llama Industrias Infinito S.A. La Dirección de Geología y Minas, mediante resolución No. 698 del 7 de mayo de 1999, aceptó a la nueva empresa como titular de los permisos que estuvieron en manos de Placer Dome.
Tan sólo cuatro meses después, el 17 de mayo anterior, Vanessa Ventures, también canadiense, le compró a Lyon Lake Mines el proyecto Crucitas y otras propiedades en la zona norte.
http://semueve.netfirms.com/arch_minas/Crucitas_cambia_de_manos.htm
6.2. SALA CONSTITUCIONAL AVALA PROYECTO MINERO LAS CRUCITAS.
16 de abril | karla espinoza. Recurso de amparo interpuesto fue declarado sin lugar
Los magistrados de la Sala Constitucional en la setencia # 6922 resolvió el recurso amparo tramitado en el expediente No. 08-014068-0007-CO presentado por Edgardo Araya Sibaja contra el Proyecto Minero Crucitas, declarándolo sin lugar, únicamente por haberse aprobado el Estudio de Impacto Ambiental sin el criterio previo del Servicio Nacional de Aguas Subterráneas, Riego y Avenamiento, lo cual se subsanó estando en curso el amparo.
Rechazo del Recurso
Según la Sala Constitucional, en los demás aspectos cuestionados en relación con la acusada afectación del recurso hídrico, del almendro amarillo, la lapa verde, los requisitos del Estudio de Impacto ambiental y sobre la fundamentación del decreto Ejecutivo No. 34801-MINAET, por mayoría se declaró sin lugar el recurso.
Con base en los estudios acreditados en el expediente, los Magistrados consideraron que las presuntas violaciones aducidas por los recurrentes difieren de los criterios técnicos aportados, los cuales validan la ejecución del proyecto minero sin afectación negativa para el ambiente, y que el único aspecto evidenciado fue subsanado estando en curso el amparo.
En la sentencia se dispone la obligación de las autoridades recurridas y de la Regencia Ambiental del Proyecto, de coordinar con la Comisión Mixta de Monitoreo y Control Ambiental, el seguimiento y fiscalización de todas las fases del proyecto.
http://www.elpregon.org/costarica/ambiente/2489-tribunal-constitucional-rechaza-recurso-de-amparo-contra-crucitas
6.3. Preserve Planet: “Sala IV comete un gran error” sobre Crucitas
17 abr | elpregon.org. La organización Preserve Planet calificó como irresponsable el rechazo de la Sala IV a un recursos de amparo contra proyecto minero Crucitas.
El coordinador para Mesoamérica de Preserve Planet, Luis Diego Marín, considera que es irresponsable haber rechazado el Recurso presentado por Edgardo Araya, de la organización UNOVIDA, “pues estaba muy bien fundamentado”.
Según la resolución de la Sala Constitucional, se afirma que “los criterios técnicos aportados por la empresa validan la ejecución del proyecto”.
Para Marín, esto resulta increíble, pues “es más que evidente, la carencia técnica y científica de los documentos presentados por la empresa, muy al contrario de la completa información que nuestras organizaciones han presentado contra el destructivo proyecto”.
“No debemos dar por sentada la posibilidad de que se autorice el proyecto”, afirmo Marín, “aún se deben resolver otros recursos legales presentados”.
En caso de que exista la posibilidad de que los entes judiciales costarricenses rechacen las distintas alternativas para detener que se de luz verde a la construcción del proyecto, “esta no sería la última acción de esta lucha, que lleva más de 15 años”.
Denunciarían a rango internacional
El coordinador indicó que “procederíamos a poner en marcha, otras etapas de la campaña, estas implican una denuncia internacional más fuerte y mayor coordinación con organizaciones hermanas, en el ámbito mundial”.
PreservePlanet plantea también establecer un contacto más cercano con representantes del gobierno de Nicaragua, pues la autorización del Proyecto Crucitas, “violaría convenios y acuerdos internacionales suscritos por ambos países”.
Carlos Coverdale, de la comisión científica de Preserve Planet, señaló que “comprendemos la gran preocupación del hermano país, Nicaragua, pues el río San Juan se vería sumamente afectado, en caso que se diera un derrame del altamente tóxico cianuro”.
6.4. PROYECTO CRUCITAS SEGUIRÁ SUSPENDIDO
MARIETTA ESPINOZA M
mespinoza@diarioextra.com
Pese a que los magistrados de la Sala Cuarta dieron luz verde al proyecto minero Crucitas el Tribunal Contencioso Administrativo dictó medidas cuatelares que impedirán a Industrias Infinito reanudar las obras para la extracción de oro.
La empresa Industrias Infinito no podrá reanudar la explotación minera en Crucitas de Cutris, San Carlos, pese al fallo de la Sala Cuarta que el viernes anterior le dio luz verde al proyecto.
Y es que el pasado sábado el Tribunal Contencioso Administrativo dictó medidas cautelares contra el proyecto, al mantener el trámite de una denuncia presentada por la Asociación Preservacionista de Flora y Fauna.
Ellos pretenden la paralización definitiva de las obras que Industrias Infinito desarrolla en la zona para extraer oro de Crucitas.
“Contamos con tres días hábiles para justificar la solicitud de las medidas cautelares, con esto lograremos detener la destrucción inmediata del bosque primario”, dijo Edgardo Araya, de Unovida.
Este proceso también obligará a los representares de la empresa minera y al personal del Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones a defender su posición en una audiencia publica en el tribunal, mientras los ecologistas tratarán de demostrar el daño que el proyecto causa al medio ambiente.
La tala de cientos de árboles de almendro amarillo vitales para la reproducción de la lapa verde, así como el daño a las fuentes de agua son algunos de los argumentos de los ecologistas.
“La Sala Constitucional, no tiene la última palabra, llevaremos la campaña a otros niveles, amparados siempre en la implementación de acciones directas pacifistas”, afirmó Luis Diego Marín de la asociación preservacionista Preserve Planet.
La audiencia pública tendrá que desarrollarse tres días hábiles después de la notificación de las partes.
Posteriormente el juez determinará si mantiene las medidas cautelares o falla de manera definitiva sobre el caso.
Mientras esto ocurre los ambientalistas preparan movilizaciones contra el proyecto minero.

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